La Justicia española confirmó la sentencia de desalojo contras las exmonjas cismáticas de Belorado, que ocupan ilícitamente un monasterio tras haber sido excomulgadas de la Iglesia Católica en junio de 2024 por el delito de cisma.
La sentencia de desalojo, que las exmonjas habían apelado, ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Burgos el 29 de enero, según informa este viernes un comunicado de prensa de la Oficina del Comisario Pontificio y Arzobispo de Burgos, Mons. Mario Iceta.
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El pasado 7 de enero, la justicia española ya había establecido, a través de un tribunal de Briviesca, que el desalojo de las exclarisas se deberá realizar el próximo 10 de febrero a las 9:30 (hora local), medida confirmada ahora.
El comunicado de hoy recuerda que “una vez constatada la falta del derecho de propiedad de las demandadas sobre el Monasterio de Santa Clara, la decisión del Arzobispo de Burgos de expulsarlas del Monasterio es acorde con las facultades que tiene en su condición de Comisario Pontificio, que sustituye a las del Superior Mayor” y precisa que las exmonjas deberán dejar el inmueble “sin tener derecho a exigir nada”.
El comunicado indica que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos ha desestimado “los recursos de apelación interpuestos por las exmonjas cismáticas” contra la sentencia de Briviesca, que asimismo “se confirma en todos sus pronunciamientos”.
Argumentos para el desalojo de las exmonjas cismáticas de Belorado
“Como reconoce la Audiencia Provincial, el Monasterio de Santa Clara de Belorado es una persona jurídica sujeta al derecho canónico”, señala el comunicado de la Oficina del Comisario Pontificio y explica que “lo característico de las personas jurídicas es que las mismas se constituyen y existen con independencia de las personas físicas que las forman, en este caso con independencia de las monjas que en un momento determinado habitan la sede del Monasterio”.
“La propiedad de los bienes del Monasterio es propiedad de la persona jurídica y no de las monjas que lo habitan”, subraya el texto.
La transformación, como pretenden las exmonjas cismáticas, “de un Monasterio entidad religiosa, en una asociación, supone la extinción de la primera, que en derecho canónico se llama ‘supresión’ (…) que sólo corresponde a la Santa Sede y, en el presente caso, es evidente que no se ha producido”.
“No puede por lo tanto un Monasterio transformarse por la mera decisión de la superiora”, destaca el texto.
El comunicado destaca también que “lo anterior no supone ninguna vulneración del derecho a la libertad religiosa que, según las apelantes, tienen también las personas jurídicas. La libertad religiosa se ejerce en este caso solo por las demandadas como personas físicas. No se ejerce por el Monasterio, simplemente porque la superiora que lo representa carece de poder para hacerlo”.
Por eso “se deniega la inscripción de la nueva asociación en el Registro de Asociaciones, tal y como ha ratificado el Tribunal Supremo”.
¿Quiénes son las exmonjas cismáticas de Belorado?
Las exmonjas cismáticas de Belorado saltaron a la fama con sus chocolates, lo que las llevó a ser una de las atracciones de la prestigiosa feria gastronómica Madrid Fusión.
Estas exreligiosas publicaron en mayo de 2024 una declaración cismática en la que anunciaban su renuncia a la Iglesia Católica, poniéndose bajo la autoridad de un falso obispo, también excomulgado en 2019.
En diciembre de 2025, las cinco religiosas mayores de Belorado que no participaron en el cisma —entre 87 y 101 años de edad— fueron rescatadas por la Guardia Civil, para ubicarlas en comunidades de clarisas.
También a fines de 2025 no se admitió a trámite la demanda por vulneración de derechos fundamentales de libertad religiosa, asociación y principio de igualdad que interpusieron las cismáticas contra Mons. Iceta y la Archidiócesis de Burgos.







