Los sacerdotes Custodio Ballester y Jesús Calvo, que fueron juzgados por criticar el islamismo radical junto a un laico, han sido absueltos por la Audiencia Provincial de Málaga (España), que no aprecia en las manifestaciones relevancia penal.

La Fiscalía pedía una pena de 4 años de cárcel para el laico Armando Robles, la inhabilitación para ejercer la enseñanza durante 10 años y una multa de 3.000 euros. En el caso de los sacerdotes, se rebajaba a 3 años la petición de cárcel, manteniendo el resto igual.

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Según recoge Europa Press, la sentencia, después de comprobar que los acusados no se han retractado de sus palabras y escritos, que se dan por hechos probados, ha centrado su análisis en si éstos tienen relevancia penal. 

En concreto, ha dirimido si las expresiones de crítica al islamismo radical tenían encaje jurídico en algún delito de odio o respondían al pleno ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión.

El Tribunal determina que no se dan los elementos objetivos o subjetivos del delito, según el caso, “por muy despreciable y perverso que sea el mensaje” o aunque las manifestaciones vertidas públicamente puedan ser “claramente ofensivas” o “desafortunadas”.

"No sólo existe un discurso protegido por la libertad de expresión, sino incluso podríamos aceptar que existe un discurso intolerante que igualmente se desarrolla dentro del ámbito de la libertad de expresión, y ello a pesar de que el mismo resulte ofensivo, no sólo para el grupo o persona a la que se dirige, sino incluso para el que lo escucha", se argumenta en la sentencia.

Respecto de lo expresado por el P. Ballester, la justicia determina que “por muy despreciable y perverso que sea el mensaje o su autor, si no va acompañado en un fomento claro y manifiesto del odio hacia uno de los grupos protegidos por tal delito”.

En el caso del P. Calvo, considera que sus manifestaciones "bien pudieran ser calificadas, al menos en buena parte, como delirantes”, en el sentido de “una realidad constatable producto de las ideas delirantes y de los padecimientos psíquicos que padece el acusado”.

En 2017, la Asociación Musulmanes contra la Islamofobia presentó una denuncia ante el Servicio Especial de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía de Barcelona. La petición solicitaba la investigación de unos comentarios realizados por estas tres personas durante una tertulia televisiva.

Dado que el domicilio fiscal del programa en cuestión está ubicado en Málaga, la causa fue trasladada a esa provincia. Allí, la fiscal María Teresa Verdugo no sólo evaluó los comentarios emitidos durante la tertulia, sino que también consideró relevante un artículo publicado en 2016 por el sacerdote Custodio Ballester. El texto, titulado El imposible diálogo con el Islam, fue escrito en respuesta a una carta pastoral del entonces Arzobispo de Barcelona, el Cardenal Juan José Omella, titulada El necesario diálogo con el Islam.

El juicio, inicialmente previsto para septiembre de 2024, tuvo que ser aplazado debido a que el abogado del P. Ballester tenía programado otro juicio de carácter prioritario en la misma fecha. Finalmente, la audiencia fue reprogramada para el pasado 1 de octubre.

En declaraciones ofrecidas a ACI Prensa, el P. Ballester expresó su serenidad poco antes del juicio: “Como dice Jesucristo, nos llevarán a la sinagoga y a los tribunales, y allí el Espíritu Santo nos dará una sabiduría que no podrán contrarrestar los adversarios”.