SCJN de México declara inconstitucionales leyes que defendían la vida en Aguascalientes

Obispos de Colombia rechazan despenalización de suicidio médicamente asistido Imagen referencial. Crédito: Pixabay |

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), máximo órgano del Poder Judicial mexicano, con facultades de tribunal constitucional, declaró inconstitucionales los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal del estado de Aguascalientes, que defienden “la concepción en cualquier momento de la preñez”.

Los grupos abortistas encontraron un aliado en la SCJN ya que, en 2022, el máximo Tribunal mexicano resolvió de forma similar en contra de la protección de la vida. 

En 2021, el Congreso del estado de Aguascalientes aprobó una iniciativa ciudadana que reformó su Constitución para reconocer “el derecho y respeto de la vida de la persona desde el inicio en la concepción y hasta su culminación en la muerte natural”. 

Sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos llevó el tema a discusión en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El 10 de octubre de 2022, la SCJN declaró inválido el párrafo que blindaba la vida. De acuerdo a la resolución, “las entidades federativas no están facultadas para modificar el ‘concepto de persona’ en sus constituciones locales”.

El pasado 30 de agosto, otra batalla provida se perdió cuando la Suprema Corte ordenó a los legisladores locales a derogar los artículos del Código Penal donde se castiga el procedimiento del aborto.

El Código determina en su númeral 101 que el delito de “aborto doloso” es la “interrupción del embarazo con el consentimiento y en cualquier momento de la preñez, ya sea que lo realice la propia persona embarazada u otra persona con dicho consentimiento”.

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El artículo 102 deja señalada la pena para quien ayude a realizar un “aborto doloso”, y en el 103 se marca como exclusión que no habría sanción en caso de que “la mujer embarazada corra grave peligro de muerte, a juicio de un médico”. 

La SCJN descalificó estos apartados como “inconstitucionales”, porque supuestamente conllevan “la total supresión del derecho constitucional a elegir de las mujeres y personas con capacidad de gestar y con ello su derecho a la salud y a la igualdad y no discriminación”.

Alan David Capetillo Salas, especialista en derecho constitucional y vocero del Frente Nacional por la Familia (FNF) en Aguascalientes, indicó a ACI Prensa que “hay un proceso de captura ideológica en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde poco a poco se ha ido empujando todo el tema de la llamada ideología de género y del feminismo”.

El vocero del FNF consideró “arbitrario” que la SCJN “pretenda pasar por encima de la autonomía legislativa de los estados y de la deliberación demostrativa de cada una de las entidades del país para imponer el derecho al aborto por encima de las leyes”.

Asimismo señaló que la sociedad mexicana jamás ha sido consultada sobre este tema y “a partir de ahí hay un dogma ideológico que intenta ser impuesto como una verdad jurídica revelada”.

Por su parte, Roxana González, activista provida, lamentó en diálogo con ACI Prensa que se esté destruyendo el tejido social a través de políticas públicas que “van en contra de la vida, la familia y la dignidad humana”. 

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“El aborto es una política de un Estado claudicante que no supo ofrecer nada más que la muerte a la mujer”, señaló González, y calificó la decisión de la Corte como “darse un balazo en el pie”. 

“Si la familia no está bien, la sociedad no está bien”, acotó.

Si bien la Suprema Corte declaró inconstitucionales las normas provida no significan que en automático el aborto está despenalizado en Aguascalientes. Falta que el Congreso Local apruebe y realice las modificaciones.

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