¿Sabías que cocodrilos y serpientes podrían reemplazar al pescado los viernes de Cuaresma?

¿Sabías que cocodrilos y serpientes podrían reemplazar al pescado los viernes de Cuaresma?
Imagen referencial. Crédito: David Ramos / ACI Prensa.

Reptiles como los cocodrilos y serpientes podrían ser un alimento adecuado para reemplazar al tradicional pescado en las comidas de los viernes de Cuaresma.

Así lo indicó la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos (USCCB, por sus siglas en inglés) en una serie de respuestas publicadas en su sitio web, al abordar lo que "está clasificado como carne".

De acuerdo a los obispos estadounidenses, "las normas de abstinencia consideran que la carne viene solo de animales tales como pollos, vacas, ovejas o cerdos, todos ellos viven sobre la tierra".

"Las aves también son consideradas carne", añadió la USCCB.

"La abstinencia no incluye jugos de carne y alimentos líquidos hechos de carne. Por lo tanto, alimentos tales como caldo de pollo, consomé, sopas cocidas o aromatizadas con carne, jugos o salsas de carne, así como aderezos o condimentos elaborados con grasa animal, técnicamente no están prohibidos", continuó.

Los obispos estadounidenses precisaron que, "sin embargo, los teólogos morales han enseñado tradicionalmente que deberíamos abstenernos de todos los productos derivados de animales (con excepción de alimentos como gelatina, mantequilla, queso y huevos, que no tienen ningún sabor a carne)".

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A continuación, la USCCB indicó que "los peces son una categoría diferente de animal. Especies de peces de agua salada y dulce, anfibios, reptiles (animales de sangre fría) y mariscos están permitidos".

Vale recordar que no solo los viernes de Cuaresma son días de abstinencia de carne, sino que este acto penitencial aplica a todos los viernes del año.

En el canon 1250 del Código de Derecho Canónico, la ley de la Iglesia, se señala que "en la Iglesia Universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma".

A continuación, en el canon 1251, el Código de Derecho Canónico indica que "todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal".

Además, precisa que "ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo".

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