Los obispos españoles han negado que haya un acuerdo entre la Iglesia Católica y el Estado para la eliminación de la asignatura alternativa a Religión en el Bachillerato como parece deducirse de una sentencia judicial. 

El pasado miércoles, el Tribunal Supremo sentenció en contra de las pretensiones del Arzobispado de Oviedo contra un decreto del Gobierno del Principado de Asturias por el que se reguló la asignatura de Religión en Bachillerato, de tal manera que, los alumnos que no la cursaran, tenían una hora menos de clase al no establecerse una “asignatura espejo”. 

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Este decreto era consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica de Mejora de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE), cuya tramitación y aprobación fue ampliamente contestada por los centros educativos de ideario católico

En la práctica, esto derivó en que los alumnos de Religión debían permanecer una hora más en el centro escolar, lo que repercutió en el número de inscritos, que decreció desde 1.150 alumnos en el curso 2021-2022 a 475 en el curso 2022-2023 en primero de Bachillerato. En el segundo curso de esta etapa escolar, sin embargo, el número de matriculados en la clase de Religión aumentó de 1.100 a 1.400. 

En junio de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias respaldó al arzobispado, al entender que su aplicación resultaba en una discriminación de los alumnos que elegían estudiar Religión.  

Pero el Ejecutivo regional presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, máximo órgano jurisdiccional, que le ha resultado favorable.  

En la sentencia, según denuncia la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura de la Conferencia Episcopal Española (CEE), se alude a que hubo un “entendimiento negociado durante la negociación de los currículos” con los obispos para establecer una diferencia en el trato a la asignatura de Religión en Bachillerato, respecto de las etapas precedentes: Infantil, Primaria y Secundaria, en las que sí se establece una “asignatura espejo”. 

Esa afirmación recoge un argumento esgrimido por los servicios jurídicos del Principado de Asturias. 

Los obispos subrayan, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo, que “es rotundamente falsa cualquier afirmación que implique que la Conferencia Episcopal Española hubiese llegado a un acuerdo con el Ministerio de Educación para que, en la LOMLOE, no existiera una asignatura alternativa (la ‘asignatura espejo’) a la de Religión Católica en el Bachillerato”. 

En una nota pública, los prelados aclaran que es cierto que “al no ser una etapa obligatoria, en los Acuerdos de 3 de enero de 1979 se recoge un ordenamiento distinto para la etapa de Bachillerato” y que probablemente a eso se refiere la defensa del Principado de Asturias.  

Sin embargo, los obispos denuncian que “no quedó reflejado así en la redacción de la sentencia y, por lo tanto, en los medios de comunicación. Si se estuviese afirmando que se trató de una negociación específica en la reciente tramitación de la LOMLOE, reiteramos que se trata de una falsedad; en este caso, la afirmación de la letrada del Principado de Asturias debe ser considerada una mera conjetura que carece de soporte fáctico”. 

Para los prelados españoles “la información sobre un supuesto acuerdo es contraria a los hechos y, para que la versión del Principado pueda sostenerse legalmente, debería acreditarse documentalmente la existencia del ‘entendimiento negociado’ al que se alude”. 

Además, los obispos explican su preocupación por que “esa falsedad quede oficialmente recogida como verdad en un documento jurídico tan relevante” y anuncia que estudiará "los cauces jurídicos necesarios y posibles para que la afirmación de la letrada no quede como veraz y probada en el texto de la sentencia”. 

Por último, la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura recalca que, en las negociaciones sobre la LOMLOE, exigió "el cumplimiento del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 1979” en el que se recoge que la enseñanza de la Religión debe ser impartida "en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales”.