Ordenan expulsión y excomunión de sacerdote que abusó de monjas en Argentina

Sacerdote Manuel Fernando Pascual expulsado y excomulgado 21032024 El P. Manuel Fernando Pascual ha sido expulsado y excomulgado por abusar de monjas en Argentina, fallo que ha apelado. | Crédito: Pixabay

El Tribunal Interdiocesano Bonaerense en Argentina emitió sentencia en el caso del sacerdote Manuel Fernando Pascual —culpable de abusar reiteradamente de dos religiosas en el lapso de cuatro años, lo que valió ser condenado a 12 años de prisión— en la que se indica que ha sido expulsado del estado clerical y excomulgado, una decisión que el presbítero ha apelado.

“El día lunes 18 de marzo de 2024, el Tribunal Eclesiástico Bonaerense, delegado por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, emitió sentencia de primera instancia respecto del Pbro. Manuel Pascual”, señala un comunicado de la Oficina de Comunicación Institucional del Arzobispado de Buenos Aires.

El texto explica que la sentencia consiste en “la pena de expulsión del estado clerical, por el delito que consta en el canon 1387 (CIC 83) y Sacramentorum sanctitatis tutela artículo 4 parágrafo 1 4°”.

“Asimismo, el tribunal declaró la excomunión, por la comisión del delito del canon 1378 parágrafo 1 (CIC 83) y Sacramentorum sanctitatis tutela artículo 4 parágrafo 1 1°.

Esta sentencia fue apelada por el Pbro. Pascual. De este modo queda suspendida hasta la resolución de la segunda instancia”, agrega el texto.

“Es compromiso del Arzobispado de Buenos Aires, ante toda denuncia, esclarecer la verdad a la luz del Evangelio, dando seguridad de justicia a las víctimas”, concluye.

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El documento Sacramentorum sanctitatis tutela se refiere a los delitos más graves reservados al Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

La sentencia lo menciona porque los artículos citados tienen que ver con “la absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo [No cometerás actos impuros]” y con la “la solicitación a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo durante la confesión o con ocasión o con pretexto de ella”.

Estos artículos hacen parte de la sentencia porque Manuel Pascual abusaba de las religiosas y las confesaba, lo que implica la excomunión latae sententiae (automática).

La apelación de Manuel Fernando Pascual a la sentencia de expulsión y excomunión

En comunicación con ACI Prensa este 21 de marzo, el Notario Mayor del Tribunal Interdiocesano Bonaerese, Luis María De Ruschi, explicó que la apelación de la sentencia “implica el efecto suspensivo de las sanciones”.

“El tribunal de apelación, por el tipo de delitos imputados, es el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el que puede delegar a otro tribunal para tratar el caso. El Pbro. Manuel Fernando Pascual tiene sesenta días para presentar los fundamentos de su apelación”, agregó.

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Sobre la expulsión del estado clerical, De Ruschi precisó que “fue una decisión del colegio de jueces de este Tribunal” y que “la excomunión fue declarada por el tribunal al acreditarse la comisión de un delito canónico que implica la excomunión latae sententiae (por la comisión del hecho)”.

El caso de Manuel Fernando Pascual, culpable de abusos en Argentina

En diciembre de 2022, Manuel Fernando Pascual, fue condenado a una pena de 12 años de cárcel, habiendo cumplido tres de prisión preventiva. Poco tiempo después la justicia civil le otorgó el beneficio de residir en el campo donde se cometieron algunos de los delitos.

El sacerdote, incardinado en la Arquidiócesis de Buenos Aires, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N.° 3, por los delitos de "abuso sexual gravemente ultrajante y con acceso carnal perpetrado de manera continuada entre los años 2012 y 2016" y "abuso sexual gravemente ultrajante perpetrado de manera continuada entre los años 2014 a 2016" contra dos religiosas de la Congregación de las Hermanas de San José, que él tenía a su cargo.

En este caso y desde que surgieron las denuncias, el Arzobispado de Buenos Aires había aplicado dos medidas cautelares: la prohibición de todo tipo de ejercicio público del ministerio y la prohibición de acercarse a cualquier entorno o ambiente de la Congregación de San José, con cuyas religiosas no puede tener contacto.

¿Qué es la excomunión en la Iglesia Católica?

Se puede definir a la excomunión como apartar a un bautizado de la comunión de los fieles de la Iglesia Católica y del acceso a los sacramentos.

La Enciclopedia Católica explica que la excomunión, "siendo una pena, supone la culpabilidad; y siendo la pena más grave que la Iglesia puede infligir, naturalmente supone una ofensa muy grave. Es también una pena medicinal en lugar de vengativa, pues está destinada no tanto a castigar al culpable, sino a corregirlo y a traerlo de nuevo a la senda de la rectitud".

El Cardenal Mauro Piacenza, Penitenciario Mayor de la Santa Sede, explicó en una ocasión que el objetivo de la excomunión es llevar "a los culpables al arrepentimiento y a la conversión".

¿Qué significa que un sacerdote sea expulsado del estado clerical?

La expulsión o dimisión del estado clerical de un sacerdote significa que en adelante tiene prohibido de modo permanente el ejercicio de los derechos propios de un sacerdote, tales como celebrar Misa, oír confesiones y administrar sacramentos.

Esto no significa que el sacerdote ya no lo sea, dado que el Sacramento del Orden imprime carácter, es decir que el varón que lo recibe porta un “sello” irreversible.

También pierde todo derecho a ser sostenido por la Iglesia, y a ser llamado "padre" o "monseñor". Con frecuencia, se le dispensa del celibato, pero no siempre es así.

Un expulsado del estado clerical puede ejercer su ministerio sólo en casos excepcionales, como cuando alguien en peligro de muerte le pide los sacramentos.

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