Por ello el aborto es, "en la descripción de su acción esencial, 'matar' 'a otro', tal como se define al homicidio en el artículo 79 del Código Penal Argentino".
Ya sea por su legalización o despenalización obliga a su prestación directa de parte del Estado, "de modo que un sector de la población, pasará a tener el carácter de dominante sobre un grupo de seres humanos que se encuentran en condición vulnerable, con el derecho de realizar ataques mediante acciones físicas, químicas o farmacológicas hasta lograr su muerte, solo en consideración de su propia y exclusiva conveniencia, utilidad o comodidad.
Esto "repugna al trato digno que "en cualquier circunstancia" merece el ser humano" según lo dice el art. 51 Código Civil y Comercial de la Nación y "lesiona tanto evidentes derechos individuales como los que universal y colectivamente le corresponden a toda la especie humana pues "esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad", como lo describe el Estatuto de Roma.
Junto con alentar la oración de los ciudadanos de buena voluntad y la participación de estos mismos en la "Jornada de Ayuno y Oración por la Vida Naciente" convocada por la Conferencia Episcopal de Argentina, la corporación de Abogados Católicos pidió que Argentina no participe de "esta aberración", concluyó.