Corte Suprema respalda política transgénero en el uso de baños y vestuarios escolares

Corte Suprema respalda política transgénero en el uso de baños y vestuarios escolares
Imagen referencial. Crédito: Archivo / ACI Prensa.

El lunes 7 de diciembre, la Corte Suprema en Estados Unidos se negó a escuchar una apelación contra una política del distrito escolar de Dallas, Oregon (Estados Unidos) que viola el derecho a la privacidad de los estudiantes al ordenar que usen los baños y vestuarios según su "identidad de género" en lugar de su sexo biológico, como era antes.

En febrero de 2020, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito aprobó la reforma tras el debate del caso de la organización Parents for Privacy vs El Distrito Escolar de Dallas N°2.

Al rechazar la apelación contra la política transgénero, la Corte Suprema desestima el caso y confirma la decisión de un tribunal inferior que respalda la legalidad de la política de baños y vestuarios impuesta por el Distrito Escolar de Dallas.

"La política del distrito escolar no violó los derechos de privacidad de otros estudiantes que se oponen a compartir los espacios" con personas del sexo opuesto, dijo el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. Además, sostuvo que el no asistir a los estudiantes transgénero sería una discriminación ilegal.

"Parents for Privacy" es un grupo de padres y estudiantes del Distrito Escolar de Dallas en Dallas, Oregon, que presentó una demanda contra el distrito en el año 2017. En su apelación, el grupo sostuvo que la política que permite a los estudiantes elegir qué vestuario y baño usar según su género pone en riesgo a otros estudiantes.

Ante ello, el Distrito Escolar de Dallas respondió que la apelación contra la política era discutible y que no se podía demostrar ningún daño, pues la política se implementó para asistir el caso de un solo estudiante que ya había abandonado el sistema escolar.

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En junio la Corte Suprema en Estados Unidos tomó otra decisión favorable a una política sobre "identidad de género". La Corte Suprema dictaminó en el caso Bostock vs El Condado de Clayton que los empleadores no pueden despedir a sus empleados debido a su orientación sexual o identidad de género.

Pese a que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles prohíbe la discriminación laboral basada en el sexo, el lunes 7 de diciembre la Corte Suprema interpretó que la ley incluye a la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género.

El juez de la Corte Suprema Neil Gorsuch, siguiendo la opinión de la mayoría, reconoció que los empleadores religiosos se preocuparán sobre los efectos de la decisión.

Por ello, citó protecciones religiosas legales como vías de recurso para los empleadores religiosos que enfrentan una demanda por discriminación. Entre ellas mencionó el Título VII, la cláusula del Libre Ejercicio de la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que prohíbe que el gobierno, en la mayoría de los casos, intervenga en la práctica religiosa de las personas, y la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa (RFRA)

"Debido a que la RFRA opera como una especie de súper estatuto, que desplaza el funcionamiento normal de otras leyes federales, podría reemplazar los comandos del Título VII en los casos apropiados", escribió el juez Gorsuch.
 

 

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