5. Al mismo tiempo, es evidente para la razón práctica que la vacunación no es, por regla general, una obligación moral y que, por lo tanto, la vacunación debe ser voluntaria. En cualquier caso, desde un punto de vista ético, la moralidad de la vacunación depende no sólo del deber de proteger la propia salud, sino también del deber de perseguir el bien común. Bien que, a falta de otros medios para detener o incluso prevenir la epidemia, puede hacer recomendable la vacunación, especialmente para proteger a los más débiles y más expuestos.
Sin embargo, quienes, por razones de conciencia, rechazan las vacunas producidas a partir de líneas celulares procedentes de fetos abortados, deben tomar las medidas, con otros medios profilácticos y con un comportamiento adecuado, para evitar que se conviertan en vehículos de transmisión del agente infeccioso. En particular, deben evitar cualquier riesgo para la salud de quienes no pueden ser vacunados por razones médicas o de otro tipo y que son los más vulnerables.
6. Por último, existe también un imperativo moral para la industria farmacéutica, los gobiernos y las organizaciones internacionales, garantizar que las vacunas, eficaces y seguras desde el punto de vista sanitario, y éticamente aceptables, sean también accesibles a los países más pobres y sin un coste excesivo para ellos. La falta de acceso a las vacunas se convertiría, de algún modo, en otra forma de discriminación e injusticia que condenaría a los países pobres a seguir viviendo en la indigencia sanitaria, económica y social.
El Sumo Pontífice Francisco, en la Audiencia concedida al suscrito Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en fecha 17 diciembre 2020, ha examinado la presente Nota y ha aprobado la publicación.