11 de febrero de 2022 / 05:45 AM
La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo estimó que el presidente de la región de Castilla y León (España) no tenía competencias para restringir el aforo de los templos a 25 personas.
En enero de 2021, con motivo de la pandemia de coronavirus, el presidente de la región de Castilla y León, en España, Alfonso Fernández Mañueco, restringió a 25 personas el número de participantes en las celebraciones religiosas, sin importar el tamaño del templo.
La Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC) denunció la decisión ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de España, que el pasado jueves 10 de febrero, anunció que "estima el recurso" y sentencia que Mañueco no era competente para restringir la asistencia a celebraciones religiosas, tal y como hizo.