Justicia en Perú prohíbe a grupo feminista utilizar el nombre de colectivo católico

Justicia en Perú prohíbe a grupo feminista utilizar el nombre de colectivo católico
Palacio de Justicia del Perú. Crédito: Diario Oficial El Peruano

La Corte Superior de Justicia de Lima (Perú) prohibió a un grupo feminista seguir utilizando el nombre, denominación y símbolos de "Madres en Acción", un colectivo católico creado para defender a los escolares de la enseñanza de la ideología de género en colegios públicos.

El 26 de mayo, el 26° Juzgado Contencioso Administrativo de Lima declaró "infundada" la demanda que interpuso el grupo feminista por la disputa del nombre contra el representante legal de "Madres en Acción" y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

El abogado Alberto González, encargado de la defensa del colectivo católico, aseguró a ACI Prensa que "esta victoria judicial es parte de una labor para evitar la desinformación de grupos feministas con una clara agenda anticatólica".

"Son constantes las maniobras de los colectivos feministas para apropiarse de nombres o denominaciones que se encuentran vinculadas a la maternidad, a la bondad, para asociarlos a colectivos que promueven la muerte y el libertinaje sexual", agregó el también presidente del Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro.

El colectivo católico Madres en Acción fue fundado por tres mujeres el 8 de diciembre de 2016, en la fiesta de la Inmaculada Concepción, con la finalidad de proteger a sus hijos de los peligros del "enfoque de género" en el currículo escolar.

Tras su creación, un grupo feminista comenzó a utilizar ese mismo nombre y recibió el respaldo de Promsex, una ONG peruana que promueve la despenalización del aborto.

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Con la finalidad de proteger sus derechos, las mujeres católicas registraron "Madres en Acción" ante INDECOPI el 26 de julio de 2019.

El 26 de noviembre del 2020, tres integrantes de grupos feministas impugnaron el registro alegando "mala fe" por parte del colectivo católico para perjudicar su supuesto derecho "a expresarse públicamente". Sin embargo, su queja fue declarada infundada por INDECOPI.

Posteriormente, el grupo feminista llevó el caso al Poder Judicial, el mismo que falló en su contra el 23 de mayo de 2023.

González reiteró a ACI Prensa que los miembros de Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro se encuentran "doblemente confortados con la sentencia, pues a pesar de que el Poder Judicial se encuentra penetrado por jueces activistas de la ideología de género, lo resuelto por el Juzgado nos permite seguir confiando en la existencia de muchos jueces valientes, probos e imparciales que imparten justicia conforme a nuestro derecho nacional y no a doctrinas neocolonialistas promotoras de la cultura de la muerte".

Además de llevar adelante este caso, González adelantó que existe una acción judicial similar que patrocina el Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro. Se trata de una demanda contra la asociación que se autodenomina "Católicas por el Derecho a Decidir".

"Este grupo, que actúa en varios países de Iberoamérica, ha sido creado para dar la falsa impresión de que existen católicos a favor del aborto y ha sido denunciado repetidas veces por la jerarquía católica", recordó el abogado.

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González informó que, aunque una primera instancia judicial "ha declarado infundada la demanda que procuraba que no utilicen el término católicas por cuanto se usa de mala fe", ha asegurado que su estudio impugnará "constitucionalmente dicha sentencia, en la medida en que el Juzgado no se ha pronunciado por todas las pretensiones de la demanda".

 

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