España: Absuelven a Femen que irrumpieron en marcha pro vida, habrá apelación

España: Absuelven a Femen que irrumpieron en marcha pro vida, habrá apelación
Integrantes de Femen en Madrid. Foto: Blanca Ruiz (ACI Prensa)

El juzgado de lo Penal número 19 de Madrid (España) ha absuelto a las cinco activistas de Femen de los delitos imputados por la fiscalía y por la acusación particular Enraizados, de desórdenes públicos, resistencia a la autoridad y un delito contra el derecho a la manifestación por irrumpir semidesnudas en la IV Marcha por la Vida celebrada en Madrid el 17 de noviembre de 2013.

La sentencia absuelve a las cinco mujeres, activistas de FEMEN, de los delitos imputados porque, indicaron, el derecho penal "debe proteger los bienes jurídicos más fundamentales sólo frente a los ataques más intenso e intolerables".

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, que ejerce la representación de la acusación particular de la asociación Enraizados, manifiesta estar asombrada con esta sentencia.

"Estamos en un Estado de Derecho en el que todos debemos someternos a las leyes, instituciones y particulares. Si se ha vulnerado un derecho de reunión y de manifestación ilegalmente y de forma violenta la justicia tiene que actuar", afirma.

Por esta razón, la Asociación de Abogados Cristianos apelará la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Por su parte, José Castro, Presidente de Enraizados, asegura que "es vergonzoso que las instituciones acepten el hecho de que un grupo violento, como las FEMEN, ataquen el derecho de manifestación y concentración en un evento que se organizó debidamente".

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Castellanos ha recordado que la IV Marcha por la Vida era una manifestación "familiar, legal y pacífica", lo contrario a la actitud de las Femen.

"Los testigos y la policía declararon en el juicio del pasado 19 de julio sobre la actitud violenta de las Femen que fueron contra los manifestantes incluso cuando vieron que había menores. Coartaron las libertades fundamentales, algo que se castiga en el artículo 504 del Código Penal y así lo han sentenciado los tribunales", ha declarado la abogada.

También Castellanos ha señalado que el artículo 514.4 del Código Penal sanciona actos como los realizados por las integrantes de Femen

La Fiscalía, que en un principio no hizo la acusación de delito contra el derecho fundamental de manifestación, se sumó durante el juicio a la petición de la acusación particular dirigida por Abogados Cristianos.

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