Costa Rica: Tribunal rechaza intento de vetar comunicado de obispos sobre elecciones

Costa Rica: Tribunal rechaza intento de vetar comunicado de obispos sobre elecciones
Imagen referencial. Crédito: Unsplash.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de Costa Rica resolvió que el mensaje de la Conferencia Episcopal con motivo de las elecciones municipales del 2 de febrero no afecta a los derechos de los electores y no existen tendencias políticas concretas, según demandó un ciudadano costarricense.

El 6 de enero, la Conferencia Episcopal emitió una nota para invitar a los ciudadanos ser conscientes de su voto y resaltó la necesidad de proteger lo que funciona en el sistema democrático del país, frente a la complicada situación social que atraviesa Latinoamérica.

Ese mismo día, el ciudadano costarricense Giovanni Alexander Delgado Castro interpuso un recurso de amparo contra la Conferencia Episcopal alegando que existen "motivos religiosos en propaganda política (lo cual está vedado por el artículo 28 constitucional)", según señaló el Tribunal Supremo.

El recurso de amparo hace referencia específicamente a la frase: "Animamos a los fieles laicos, dejándose iluminar por el Evangelio, a que se comprometan a participar en los procesos de la administración pública municipal en el marco que permite nuestro sistema jurídico", que aparece en el mensaje de los obispos.

El 8 de enero, los jueces resolvieron que "no existen exaltaciones a favor de una tendencia política concreta (o identificable) ni expresiones que busquen restar el apoyo a una agrupación específica".

Además, enfatizaron que "el mensaje de la Conferencia Episcopal se limita a señalar la importancia de participar en los procesos electorales y en aquellas acciones que buscan fortalecer la vida en democracia".

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El tribunal agregó que la mención a los "fieles laicos" a votar inspirados por el Evangelio no cohesiona su actuar, sino que "deja que sean los propios feligreses, de manera libre, espontánea y alejados de cualquier orientación religiosa, los que escojan a sus propios gobernantes".

Finalmente, los jueces concluyeron que no hay una falta electoral en el mensaje, dado que el comunicado no se puede considerar como propaganda, al no tener "una acción con intención político-electoral que busca favorecer o perjudicar a una agrupación o candidato en contienda".

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