Corte Suprema ordena suspender distribución de manual pro aborto en Guatemala

Corte Suprema ordena suspender distribución de manual pro aborto en Guatemala
Imagen referencial / Crédito: Pixgood (Dominio Público)

La Corte Suprema de Justicia de Guatemala ordenó suspender la distribución de un manual que promovía el aborto y que era financiado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).

La justicia de Guatemala emitió su fallo el pasado 8 de diciembre y fue dado a conocer en conferencia de prensa por la Asociación La Familia Importa (AFI), junto al diputado José Rodrigo Valladares este miércoles 13.

La sentencia se refiere al manual "Derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos y atención a niñas y adolescentes", promovido y financiado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).

Este manual estuvo siendo promovido desde el 2015 por el entonces Procurador de Derechos Humanos (PDH), Jorge De León Duque.

Ante ello, el 22 de junio de 2017, AFI interpuso un amparo contra De León Duque "para dejar sin efecto el manual y exigir a la procuraduría dejara de promover el aborto". Posteriormente se sumó al amparo el diputado Rodrigo Valladares.

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia también ordenó a la Procuraduría de Derechos Humanos "que se abstenga de realizar cualquier actividad que conlleve apoyar y fomentar el aborto o prácticas abortivas, su presentación como derecho, la promoción de su legalización o de la transgresión del derecho a la vida humana desde la concepción", informó AFI.

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El fallo también fija un plazo de tres meses para que el actual Procurador, Jordán Rodas Andrade, "elabore el material necesario para contrarrestar los daños causados por el manual en cuestión".

AFI resalta que la Corte sentenció que el Procurador "tiene la obligación grave y solemne de defender la vida desde su concepción, obligación 'que se asume libre y voluntariamente mediante el juramento de fidelidad a la Constitución que se presenta en el Congreso al momento de aceptar su cargo, si es que quiere servir a la nación'".

En ese sentido, el fallo señala que "cualquier informe, estudio, investigación, publicación, campaña o actividad que el PDH realice siempre debe procurar la defensa de los Derechos fundamentales garantizados en la Constitución, de no ser así actuaría en exceso de sus facultades que legalmente tiene asignada".

Asimismo, AFI destacó que la Corte haya llamado a Rodas Andrade a evitar "caer en las acciones de quién le antecedió, se abstenga de realizar cualquier actividad que promueva el aborto directa o indirectamente" y no se una a campañas y consignas "de aquellos que en supuesta defensa de los derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad, bajo la etiqueta de 'derechos sexuales y reproductivos', disfrazan la promoción del aborto".

AFI recordó que el aborto "en realidad constituye un atentado al bienestar físico psicológico e integral de mujeres y niñas guatemaltecas".

Por su parte, a través del sitio web de la Procuraduría, Jordán Rodas publicó un comunicado en el que deslindó responsabilidad alguna con el manual promovido por su antecesor.

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El Manual objeto del amparo, indicó en el comunicado, "no fue elaborado en mi gestión", sino que "fue presentado, publicado y distribuido durante la administración de mi antecesor, Jorge De León Duque".

En ese sentido, Jordán Rodas aseguró que "a partir del 20 de agosto, día en que tomé posesión, a la fecha, en ningún momento me he pronunciado sobre el aborto".

Por su parte, AFI aseguró que se ponía "a la disposición del procurador y de todo su equipo, para dar eminente y puntual cumplimiento a lo ordenado por la CSJ".

"AFI seguirá trabajando en la promoción de acciones que fomenten una cultura de respeto a la vida humana de cada uno de los guatemaltecos, sin distinción alguna, desde el más grande hasta el más pequeño", señaló.

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