7 de diciembre de 2018 / 04:06 PM
Las instituciones privadas de salud en Chile podrían negarse a realizar abortos tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucional el Reglamento de Objeción de Conciencia de la Ley del Aborto que entró en vigencia en octubre.
Por ocho votos contra dos, el TC acogió el 6 de diciembre el recurso presentado por senadores de la coalición Chile Vamos, que busca anular el inciso segundo del artículo 13 del reglamento dictado por el Ministerio de Salud.
Este inciso establece que las instituciones privadas que mantengan convenios con el Estado pueden apelar a la objeción de conciencia siempre y cuando "no contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología que, por su naturaleza, comprenden atenciones en pabellón".