¿Cambiará la Semana Santa de fecha por coronavirus? Vaticano se pronuncia

¿Cambiará la Semana Santa de fecha por coronavirus? Vaticano se pronuncia
El Papa en la Misa de Domingo de Ramos de 2019. Foto: Daniel Ibáñez / ACI Prensa

La Congregación para el Culto Divino emitió este jueves 19 de marzo un decreto para marcar las pautas de celebración del Triduo Pascual y la Misa Crismal en aquellos países que padecen restricciones debido a la lucha contra la pandemia de coronavirus COVID 19.

"En el difícil tiempo que estamos viviendo a causa de la pandemia del COVID-19, considerando el impedimento para celebrar la liturgia comunitariamente en la iglesia según lo indicado por los obispos para los territorios para su jurisdicción, han llegado a esta Congregación peticiones concernientes a las próximas fiestas pascuales. En este sentido, se ofrecen indicaciones generales y algunas sugerencias a los obispos", empieza el decreto firmado por el prefecto, Cardenal Robert Sarah. 

El decreto establece que se mantiene la celebración del Triduo Pascual y de la Pascua, las celebraciones pueden seguirse de forma telemática, pero siempre en directo, y se suspende el lavatorio de pies y la procesión con el Santísimo Sacramento del Jueves Santo, así como que se suspende el fuego y la procesión en el inicio de la vigilia pascual.

Además, también ofrece la posibilidad de trasladar las procesiones de Semana Santa, y otras expresiones de piedad popular a otras fechas, y propone en concreto el 14 de septiembre, fiesta de la Exaltación de la Cruz; y 15 de septiembre, memoria de Nuestra Señora de los Dolores.

En el decreto se explica que la Pascua, "corazón del año litúrgico", "no puede ser trasladada" porque "no es una fiesta como las demás", sino que se "celebra durante tres días, el Triduo Pascual, precedida por la Cuaresma y coronada por Pentecostés".

En cuanto a la Misa Crismal, el obispo, "valorando el caso concreto en los diversos países, tiene la facultad para posponerla a una fecha posterior".

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Respecto al Triduo Pascual, allí "donde la autoridad civil y eclesial ha establecido restricciones", "los obispos darán indicaciones, de acuerdo con la Conferencia Episcopal, para que en la iglesia catedral y en las iglesias parroquiales, incluso sin la participación física de los fieles, el obispo y los párrocos celebren los misterios litúrgicos del Triduo Pascual, avisando a los fieles la hora del inicio, de modo que puedan unirse en oración desde sus propias casas".

Las celebraciones del Triduo Pascual (Jueves Santo, Viernes Santo, y Vigilia Pascual) podrán seguirse por vía telemática, pero siempre en directo, no mediante un video grabado.

El decreto dice exactamente que "son de gran ayuda los medios de comunicación telemática en directo, no grabados".

Además, la Congregación establece que "la Conferencia Episcopal y cada una de las diócesis no dejen de ofrecer subsidios para ayudar en la oración familiar y personal".

En el caso concreto del Jueves Santo, el decreto establece que se puede celebrar la Misa de la Cena del Señor en las catedrales e iglesias parroquiales. No obstante, "se concede excepcionalmente a todos los sacerdotes la facultad de celebrar en este día la Misa sin el pueblo, en un lugar adecuado".

"El lavatorio de los pies, que es facultativo, se omite. Al final de la Misa de la Cena del Señor se omite la procesión y el Santísimo Sacramento se reserva en el sagrario. Los sacerdotes que no tienen la posibilidad de celebrar la Misa rezarán las Vísperas".

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El Viernes Santo se celebrará la Pasión del Señor, pero "en la oración universal el obispo diocesano se encargará de establecer una especial intención por los enfermos, los muertos, quien haya sufrido alguna pérdida".

La Vigilia Pascual "se celebrará solo en las iglesias catedrales y parroquiales, en la medida de la posibilidad real establecida por aquellos a quienes compete".

"Para el inicio de la vigilia o lucernario, se omite el fuego, se enciende el cirio y, omitida la procesión, se hace el pregón pascual". Además, "en la Liturgia bautismal sólo se renuevan las promesas bautismales".

Por último, el decreto establece que "las expresiones de piedad popular y las procesiones que enriquecen los días de la Semana Santa y del Triduo Pascual, a juicio del obispo diocesano, podrán ser trasladadas a otros días convenientes, por ejemplo, el 14 y 15 de septiembre".

El decreto completo puede leerse en francés, inglés y español AQUÍ.

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