6. El Delegado, en el cumplimiento de su misión, está acompañado por cuatro consejeros personales, que lo asisten en la realización de su trabajo, según las circunstancias y las posibilidades y que pueden ser encargados para tareas específicas, particularmente para visitas ad referendum. Con su ayuda, el Delegado Pontificio individúa los temas principales, los discute, los aclara a medida que se presentan en el camino que él ha sido llamado a conducir.
7. Si en alguna ocasión se revelase la necesidad de estudiar y profundizar determinados temas, sea de personas o de cosas, el Delegado Pontificio podrá constituir comisiones de estudio con personal interno de la Congregación de los Legionarios o con personas competentes externas.
8. A su juicio, donde se muestre oportuno o necesario, podrá individuar alguna persona, fuera de sus consejeros, para el estudio o para la visita ad referendum.
9. La tarea principal del Delegado Pontificio es la de encaminar, acompañar y realizar la revisión de las Constituciones. Esto implica un conocimiento profundo de la Congregación de los Legionarios, de su historia y de su desarrollo. A la revisión de las Constituciones deben colaborar todos los miembros del Instituto, sea a nivel individual como comunitario, según un proyecto que desde el inicio se tendrá que elaborar y poner en acto. Por tanto, se ha de constituir lo más pronto posible una Comisión para la revisión de las Constituciones, en los diversos niveles del Instituto, con la participación sobre todo de los miembros del mismo Instituto, que se han de sentir responsables de la revisión y reelaboración del propio proyecto de vida evangélica, siempre en armonía con la enseñanza de la Iglesia. De la Comisión central para la revisión de las Constituciones será presidente el mismo Delegado Pontificio.