Aunque los asesores admitieron el derecho a la objeción de conciencia, advirtieron que tal derecho no es “ilimitado”. “De hecho, el derecho a la objeción religiosa de conciencia puede entrar en conflicto con otros derechos, también reconocidos en la ley internacional. En tales circunstancias, debe lograrse un balance adecuado entre los requerimientos conflictivos, que no hagan que un derecho sea sacrificado por otro”, indica el informe.
La opinión establece que “el derecho a la objeción religiosa de conciencia (…) debe ser regulada para asegurar que, en circunstancias en las que el aborto es legal, ninguna mujer sea privada de acceder efectivamente a los servicios médicos del aborto. En opinión de la red, esto implica que el estado involucrado debe asegurar, primero, que un remedio efectivo debe estar disponible en caso de que no se quiera realizar el aborto; segundo, que una obligación deba imponerse sobre el profesional de la salud que se niegue a realizarlo al ejercer su derecho a la objeción de conciencia, de modo que la mujer sea llevada con otro profesional que sí esté dispuesto a practicar el aborto; y tercero, que efectivamente exista otro profesional calificado disponible, incluyendo las áreas rurales o las áreas en las que se está geográficamente alejado del centro”.
Esta opinión sobre el derecho a la objeción de conciencia da algunas luces para un tratado propuesto entre el Vaticano y Eslovaquia. Con este documento, se garantizaría que los hospitales y médicos católicos no estén legalmente obligados a “realizar cualquier tipo de aborto provocado, fertilizaciones asistidas, experimentos o manipulación de órganos humanos, embriones o células sexuales humanas; eutanasia, clonación, esterilizaciones, (y) actos relacionados con la anticoncepción”.