En concreto, el Código Penal se refiere a la persona que "para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad".
Desde 40 Días por la Vida reiteran que esta norma no afecta a su actividad de rezar, pero ha difundido un protocolo entre sus voluntarios para tratar de minimizar los riesgos de ser acusados de un delito penal.
Otras iniciativas provida como los rezos mensuales de la plataforma "Rezar no es delito" sí se han visto perjudicadas por la especial vigilancia que las fuerzas del orden aplican a sus convocatorias.
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