El tercero, prosigue el Cardenal Ladaria en la carta, "es el tema referente al derecho de la Iglesia, sobre todo la interpretación del canon 844 del Código de Derecho Canónico. Ya que en algunos sectores de la Iglesia hay a este respecto cuestiones abiertas, los dicasterios competentes de la Santa Sede ya están encargados de producir una oportuna aclaración de tales cuestiones a nivel de la Iglesia universal. En particular parece oportuno dejar al obispo diocesano el juicio sobre la existencia de una 'grave necesidad involucrada'".
El canon 844 inciso 4 señala: "Si hay peligro de muerte o, a juicio del obispo diocesano o de la Conferencia Episcopal, urge otra necesidad grave, los ministros católicos pueden administrar lícitamente esos mismos sacramentos también a los demás cristianos que no están en comunión plena con la Iglesia Católica, cuando estos no puedan acudir a un ministro de su propia comunidad y lo pidan espontáneamente, con tal de que profesen la fe católica respecto a esos sacramentos y estén bien dispuestos".
La carta del Cardenal Ladaria aparece luego de que se reuniera el 3 de mayo en el Vaticano con una delegación de obispos alemanes, presidida por el Cardenal Marx para hablar sobre la Comunión para protestantes casados con católicos.