24 de junio de 2020 / 10:27 AM
Recientemente, el Tribunal Supremo de España dictó una sentencia en la se establece como contrario a la Constitución la utilización "de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos". Esa sentencia podría suponer la ilegalidad de la exhibición de la bandera gay en algunos de los ayuntamientos de España.
En concreto, la sentencia Nº 564/2020 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo establece que "no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y, en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas, la utilización –incluso ocasional– de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás banderas legal o estatutariamente instituidas".
Esta sentencia, que fija doctrina, es resultado del recurso de casación interpuesto por el abogado del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias sobre la legalidad de la exhibición de una bandera nacionalista canaria sin carácter oficial en un mástil frente al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.