El informe también documenta medidas polémicas, como el cambio de la celebración de la Navidad al 1 de octubre, y un juramento presidencial en 2025 que incluyó invocaciones a deidades de la santería. ACN advierte que “estas acciones reflejan un intento de manipular los discursos religiosos para reforzar intereses ideológicos”.
México: el crimen organizado como nueva persecución
También aparece por primera vez México. Se trata de un país donde los cárteles actúan "como agente de persecución en zonas donde el Estado es débil o ha perdido el control".
El informe registra asesinatos de sacerdotes, catequistas y fieles. “El crimen organizado ha introducido una cultura de corrupción y muerte”, advirte en el informe el P. Omar Sotelo, del Centro Católico Multimedial.
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También hubo ataques y asaltos a obispos, como Faustino Armendáriz (Durango) y Eduardo Cervantes Merino (Orizaba). En Chiapas y Guerrero, los narcotraficantes exigen pagos mensuales de protección a las parroquias, y en comunidades rurales se cerraron templos por amenazas directas.
La violencia alcanza también al patrimonio religioso. Entre los casos documentados de ataques contra templos y objetos religiosos figuran: el robo y destrucción de imágenes y objetos litúrgicos en algunas parroquias. También se documenta un incendio provocado en la iglesia de Santiaguito de Iruapato, Guanajuato; destrozos en la iglesia del Espíritu Santo en Culiacán, Sinaloa; así como ataques contra templos durante manifestaciones del Día Internacional de la Mujer, con daños a catedrales y fogatas frente a la catedral metropolitana en Ciudad de México.
“La fe se vive entre la violencia y el miedo”, concluye ACN, que califica a México como “uno de los países más peligrosos del continente para el clero”.
Cuba: el control total del Estado
En Cuba, la libertad religiosa continúa subordinada al control del Partido Comunista y sus organismos, que supervisan cada aspecto de la vida eclesial.
Aunque la Constitución reconoce formalmente la libertad de culto, el nuevo Código Penal (2022) y leyes posteriores restringen su ejercicio. El artículo 272 castiga con cárcel a quien use las creencias religiosas “contra los objetivos de la educación o del Estado”.