Juez decide que Iglesia no puede determinar idoneidad moral de profesores... de religión católica

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Un juez de Las Palmas se tomó la atribución de decidir por la Iglesia qué persona es idónea de impartir la asignatura de religión, al condenar al Obispado de Canarias a pagar más de 200 mil euros a la profesora Carmen Galayo y proponer su contratación, pese a que fue separada por tener una vida no acorde con la moral católica.

En el año 2000, las autoridades del Obispado de Canarias cesaron a Galayo por encontrarse conviviendo con una persona que no es su esposo, del que se había separado; una situación que entraba en contradicción con la moral católica que impartía a los alumnos. Las autoridades le explicaron que por ello no podía seguir enseñando religión.

Sin embargo, Galayo decidió acudir a los tribunales y el juez Francisco Trujillo Calvo condenó al Obispado a pagar más de 200 mil euros y a reponerla en el cargo, argumentando que violentó los derechos constitucionales de la maestra y de haber mantenido una supuesta actitud de "represalia, venganza, desquite o revancha" contra la profesora.

Sin embargo, con su fallo el magistrado ha desconocido el acuerdo Iglesia-Estado suscrito en 1979 y que reconoce el derecho de la Iglesia a escoger a las personas más idóneas para enseñar su doctrina en los centros de estudios.

El texto afirma que "la enseñanza religiosa será impartida por las personas que, para cada año escolar, sean designadas por la autoridad académica entre aquellas que el Ordinario diocesano proponga para ejercer esta enseñanza. Con antelación suficiente el Ordinario diocesano comunicará los nombres de los profesores y personas que sean consideradas competentes para dicha enseñanza".

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