Advierten en Argentina que el matrimonio no puede ser campo de pruebas

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El Secretariado Nacional para la Familia (SNPF), lamentó el fallo que admitió el "matrimonio" de una pareja homosexual y advirtió que esta institución, base de la familia, "no puede ser campo de prueba de reivindicaciones de derechos ajenas a su ámbito".

"Esta reflexión nada tiene que ver con actitudes homofóbicas o fundamentalistas –completamente reprochables– sino de custodiar y promover al matrimonio, que tiene su propia identidad y exigencias y no puede ser campo de prueba de reivindicaciones de derechos ajenas a su ámbito", expresó el SNPF en un comunicado.

Recordó que la base del matrimonio siempre ha sido la unión de un varón y una mujer, llamada a cumplir la función social insustituible de "facilitar y promover la comunidad de vida elegida por los cónyuges" y a favor de los hijos. "El matrimonio trasciende el interés particular de los cónyuges y atañe también al interés general", expresó.

Por ello, señaló que el intento de equiparar las uniones homosexuales al matrimonio se convierte en "una grave injusticia en la medida que procura artificialmente igualar realidades humanas diferentes". "No es razonable hacerlo (…) cuando existen otras soluciones para los problemas jurídicos que puede plantear la convivencia en la pareja homosexual", indicó.

El SNPF dijo que existen razones ajenas a la religión que fundamentan el rechazo al fallo judicial. Una es que el siendo el matrimonio el espacio privilegiado para la procreación y educación de los hijos "¿es lógico considerar en igualdad de condiciones lo que puede llegar a ofrecer a los hijos la pareja de un varón y una mujer y aquella formada por dos personas del mismo sexo? Decididamente, no es razonable".

Recordó que solo el matrimonio heterosexual puede traer hijos al mundo "como fruto de su encuentro personal" y puede dar al niño realmente "las figuras del padre y de la madre y modelos genuinamente masculinos y femeninos, indispensables para su crecimiento integral".

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"En esta cuestión, la directiva constitucional y legal de atender al ‘interés superior del niño’ marca un rumbo inequívoco. No en vano el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos habla del derecho ‘del hombre y mujer’ a contraer matrimonio y a fundar una familia", indicó.

Finalmente, el SNPF expresó con claridad que el rechazo al mal llamado "matrimonio" homosexual no responde a ningún tipo de discriminación porque "no toda diferenciación en el trato es disvaliosa, sino aquella que resulta arbitraria y lesiona la garantía de la igualdad y de ese modo el ejercicio de los derechos fundamentales".

"El asunto no debe simplificarse alegremente invocando ‘la libertad y el derecho de cada uno a decidir aquello que lo hace feliz’ (…), la búsqueda de la felicidad y el ejercicio de la libertad de cada uno se hallan en la base del amor y el matrimonio", expresó.

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