Abogado argentino precisa derechos humanos de embriones congelados

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Nicolás Lafferriere, director del Servicio a la Vida del Movimiento FUNDAR y colaborador del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires, señaló que para el derecho argentino “el ser humano es considerado persona desde la concepción” y sujeto de derecho.

El Dr. Lafferriere indicó que este reconocimiento está planteado en los artículos 63, 70 y 264 del Código Civil, que además están confirmados por las normas de la Constitución y distintos tratados internacionales de derechos humanos.

Con esta premisa, el experto argentino explica los derechos humanos que tienen los embriones congelados.

“El derecho a la vida, amenazado por la aplicación a una persona de procedimientos técnicos que afectan su corporeidad sin suficiente conocimiento de sus consecuencias; el derecho al desarrollo, afectado por un procedimiento que suspende el desarrollo normal de una persona; el derecho a la no discriminación, cuando se seleccionan cuáles embriones son transferidos y cuáles son congelados; y el derecho a la identidad, cuando se utilizan técnicas que recurren a gametos distintos del padre y la madre y se pretende desdoblar la paternidad biológica y la paternidad legal”, precisó.

protección de los embriones congelados

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