14 de febrero de 2012 / 04:01 PM
La Corte Suprema de Justicia de Honduras (CSJ), señaló que la píldora del día siguiente (PDS), es abortiva y por tanto el decreto de 2009 que prohíbe su comercialización no viola la Constitución ni los derechos de las mujeres.
Como se recuerda, la Food and Drug Administration (FDA), organismo regulador de los medicamentos en Estados Unidos, señala que la PDS actúa bajo tres efectos: Impedir la ovulación, la fecundación del óvulo y, en caso de que ninguna de las anteriores funcione, evitar su implantación en el útero; lo que deviene en un aborto.
"Como consecuencia de lo anterior, algunos autores que promueven la utilización de la contracepción de emergencia deducen que no hay interrupción del embarazo (aborto) si no se ha implantado el embrión", señala la Corte.