El Tribunal Supremo dio la razón al Arzobispado de Valencia respecto a la protección de datos de los Libros Bautismales y eximió, por ende, a todos los obispos españoles de registrar en estos archivos históricos a los apóstatas.
La Arquidiócesis de Valencia publicó un comunicado en el que informó que el Tribunal anuló la sentencia previa de la Audiencia Nacional "que consideraba los Libros de Bautismo como ficheros de datos en los que se podían añadir anotaciones de cancelaciones, y ha admitido así el recurso de casación que interpuso el Arzobispado de Valencia".
La sentencia del Tribunal Supremo "considera que, como señalaban los servicios jurídicos de la archidiócesis valenciana, los Libros de Bautismo no tienen la consideración de fichero, por lo que no están sujetos a la legislación en materia de protección de datos".