Corte Suprema de El Salvador abre la puerta a despenalización del aborto

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En un polémico fallo, la Corte Suprema de El Salvador consideró que la prohibición del aborto en el país –que no contempla excepción alguna– debe ser balanceada a favor de los derechos de la mujer embarazada y dejó esto a discreción de los jueces, abriendo la puerta a la legalización del aborto.

Dos demandantes introdujeron hace nueve años una demanda reclamando que la ley de 1998 que prohíbe el aborto sin especificar excepciones, es inconstitucional. La Corte rechazó finalmente esta demanda pero también dictaminó que la prohibición del aborto debe ser valorado frente a los "derechos" constitucionales de las mujeres embarazadas.

Estos "derechos", según el tribunal, deben incluir las tres excepciones contenidas en una ley anterior que no pena el aborto en casos de violación, malformaciones fetales, y riesgo de vida de la madre.

Los magistrados señalaron explícitamente que no todos los abortos son punibles según la normativa actual, debido a las disposiciones de la Constitución de El Salvador que, a su juicio, proporcionan un conjunto de derechos a la madre.

La prohibición de aborto, escribieron, "no implica la absoluta represión de todo aborto, a causa de la libertad de la mujer embarazada y de los demás derechos que están involucrados".

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