§ 2. En el espíritu de la Constitución pastoral Gaudium et Spes, que invita a hacer propias "las alegrías y las esperanzas, las tristezas y las angustias de los hombres de hoy", promueve todas las iniciativas que atañen a la acción evangelizadora de los fieles laicos en los diversos sectores de las realidades temporales, teniendo en cuenta la competencia que, en estas mismas materias, tienen otros organismos de la Curia Romana.
§ 3. También promueve la participación de los fieles laicos en la instrucción catequética, en la vida litúrgica y sacramental, en la actividad misionera, en las obras de misericordia, de caridad y de promoción humana y social. Asimismo, apoya y alienta su presencia activa y responsable en la vida parroquial y diocesana, y en los órganos consultivos de gobierno presentes en la Iglesia a nivel universal y particular.
§ 4. Evalúa las iniciativas de las Conferencias Episcopales que piden a la Santa Sede, según las necesidades de las Iglesias particulares, la institución de nuevos ministerios y oficios eclesiásticos.
Art. 7 § 1. Dentro del ámbito de su competencia, el Dicasterio acompaña la vida y el desarrollo de las agregaciones de los fieles y los movimientos laicos; erige, además, los que tienen carácter internacional y aprueba o reconoce los estatutos, sin perjuicio de la competencia de la Secretaría de Estado; también se ocupa de los posibles recursos administrativos relativos a las materias que competen al Dicasterio.