Con 27 votos a favor y cinco en contra, el Congreso del estado de Sonora modificó el artículo primero de la Constitución local y estableció el respeto a la vida desde la concepción hasta la muerte natural, cerrando de esta manera las puertas a quienes deseaban ampliar las causales de aborto.
"El Estado de Sonora tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento de la fecundación de un individuo entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural", expresa el nuevo texto. Sin embargo, se mantiene como aborto no punible los casos de aborto natural, violación o cuando la vida de la madre esté en peligro, "a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico".
En declaraciones a un medio local, el diputado Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, presidente de la Primera Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, señaló que con esta reforma se cierra la posibilidad de ampliar las excepciones. Indicó que existe una fuerte corriente que intentaba en los próximos años añadir como causales los casos pobreza, marginalidad y abandono.