Una segunda sentencia del Tribunal Supremo de España ha reiterado que las personas que decidan apostatar no pueden exigir a la Iglesia Católica la eliminación de sus datos personales de su partida de bautismo.
Un reducido grupo de apóstatas presentó el año pasado una querella a nombre de Manel Blat González, quien renunció a su catolicismo públicamente y exigió al Arzobispado de Valencia la eliminación de su nombre de la partida de bautismo.
La Arquidiócesis respondió que la partida no afectaba la decisión de apostatar, pero que éstas no podían ser manipuladas porque registraban simplemente un hecho histórico importante para los registros de la Iglesia: que Blat González había sido presentado por sus padres y padrinos para recibir el bautismo.