El boletín Servicio a la Vida, del Movimiento Fundar, denunció que el anteproyecto de reforma del Código Penal Argentino disminuiría la gravedad del delito de eutanasia y permitiría el aborto en los tres primeros meses de gestación.
El texto elaborado por una comisión de juristas en el ámbito del Ministerio de Justicia, contempla en el artículo 89 una pena de uno a cuatro años a quien, "por sentimientos de piedad y por un pedido inequívoco de quien esté sufriendo una enfermedad incurable o terminal causare o no evitare la muerte del enfermo. El juez podrá, de acuerdo con las circunstancias particulares del caso, reducir la pena a la mitad o eximir totalmente de ella".
Según Servicio a la Vida, citado por la agencia AICA, "nos encontramos con la incorporación de una figura específica de regulación del homicidio ‘eutanásico’. En el Código Penal vigente, la eutanasia no constituye un delito particular y son aplicables las normas sobre homicidio (cuando el sujeto activo es un tercero que causa la muerte del enfermo) o, según las circunstancias, sobre instigación al suicidio (cuando es el propio enfermo quien provoca su muerte y el tercero coopera para ello)".