Obispo recuerda que centros médicos pueden ser objetores de conciencia de eutanasia

Obispo recuerda que centros médicos pueden ser objetores de conciencia de eutanasia
Imagen referencial. Crédito: Pixabay.

Mientras que el Gobierno socialista de España presiona a los hospitales con ideario religioso para que practiquen de manera obligatoria la eutanasia y no puedan ser centros objetores de conciencia, Mons. José Ignacio Munilla, Obispo de San Sebastián (España) recordó que estas instituciones contratan "a unos trabajadores para realizar un servicio público desde el ideario del centro". 

El Comité de Bioética de España publicó un documento en el que avala que los hospitales de entidades, órdenes religiosas u otras organizaciones o instituciones seculares que presten servicios sanitarios en el marco del final de la vida y cuya actividad responda claramente a un ideario basado en la libertad ideológica o religiosa incompatible con la práctica de la eutanasia, puedan ejercer de manera colectiva la objeción de conciencia.

En el informe publicado se destaca que esta decisión de ampararse en la objeción de conciencia está recogida en el artículo 16 de la Constitución y que es "garantía de las libertades ideológicas y religiosas proclamadas".

Esta afirmación choca con la presión del Gobierno Socialista que pretende hacer que estos hospitales con ideario religioso tengan que practicar eutanasia ya que, según afirman, la negatica a aplicar la ley por m otivos de conciencia es por ley un derecho "individual y nunca corporativo", por lo que "una institución o centro no puede obligar a sus trabajadores a ser objetores".

Ante esta situación, Mons. José Ignacio Munilla, Obispo de San Sebastián (España) destacó que "no se trata de que una institución obligue a sus trabajadores a objetar contra la eutanasia" sino que una institución contrata a unos trabajadores para realizar un servicio público desde el ideario del centro". 

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Instituciones sanitarias con valores religiosos

Las instituciones sanitarias de España con un ideario religioso firmaron un manifiesto el pasado 23 de julio, dos días antes de que la ley de la eutanasia entrara en vigor en España, en el que destacaban la importancia del cuidado de los pacientes en la recta final de la vida.

Lamentaron que esta ley "desmotive a las personas que necesitan cuidados para vivir dignamente y con sentido" y que "intereses espurios" hagan que aumente la demanda de eutanasia.

El manifiesto firmado por estas entidades con ideario religioso se titula "Comprometidos en el alivio del sufrimiento y el cuidado de la vida" y en él se subraya que "nadie está legitimado moralmente a suprimir o provocar la muerte de un semejante".

Además declararon que "acelerar la muerte ya sea por acción o por omisión de tratamientos y cuidados debidos a cualquier persona al final de su vida o en situación de grave discapacidad, nos parece un daño irreparable que no estamos dispuestos a infringir a nadie".

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También destacaron que "facilitar una acción suicida o una actuación homicida, aunque esta actuación sea solicitada y aceptada por el propio interesado, es un error, porque supone un desprecio por la dignidad humana, ya que suprime a la persona a manos de otras personas".

Ley Eutanasia 

La ley de la eutanasia entró en vigor en España el pasado 25 de junio. Esta Ley es la menos garantista de todas las que existen, al dejar en manos de terceras personas, incluso del médico, la decisión de aplicar la eutanasia en caso de que el paciente esté incapacitado para hacerlo. Además, añade una prestación del Sistema Nacional de Salud de "ayuda a morir", algo que ninguna regulación en Europa incluye.

Esta ley prioriza la eutanasia como alternativa a los sufrimientos de los enfermos terminales antes que el acceso a cuidados paliativos gratuitos y de calidad.

España se une de esta manera al grupo de países en los que la eutanasia es legal: Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá y Colombia; así como a los estados de Oregón (Estados Unidos) y Victoria (Australia).

Las personas que podrán acceder a la eutanasia son aquellas que padezcan "una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante".

La Ley entiende por padecimiento grave, crónico e imposibilitante una "situación que hace referencia a limitaciones que inciden directamente sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no permite valerse por sí mismo, así como sobre la capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico".

También entiende por enfermedad grave e incurable "la que por su naturaleza origina sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio que la persona considere tolerable, con un pronóstico de vida limitado, en un contexto de fragilidad progresiva".

Como medida de "control" requiere dos peticiones de eutanasia por escrito, y entre ellas deben pasar 15 días.

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