No existe "derecho a morir" sino a una muerte digna, dicen abogados católicos en Argentina

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La Corporación de Abogados Católicos en Argentina dio a conocer una declaración sobre un proyecto de ley sobre "muerte digna" presentado en el Congreso en los últimos días. Explicaron que no existe el "derecho a morir", sino el derecho a morir dignamente cuando la muerte llega naturalmente.

En la declaración dada a conocer por la agencia argentina AICA, los abogados señalan que "el derecho a una muerte digna debe ser entendido en el sentido de morir serena y naturalmente, en el momento en que la muerte llega, sin que nadie la adelante en forma artificial y sin sufrimientos inútiles o innecesarios".

En esos momentos todo ser humano debe estar "acompañado de sus seres queridos y manteniendo una relación enriquecedora con las personas que lo rodean, confortado espiritualmente, en paz consigo mismo y con Dios".

Los abogados explicaron que "una muerte digna implica evitar que se practiquen al paciente tratamientos desproporcionados y extraordinarios en relación con su estado de salud que a nada conduzcan y que sólo vayan a producir una prolongación precaria y penosa de la existencia".

"La muerte es un hecho inevitable de la vida humana, constituyendo el denominado encarnizamiento terapéutico una situación contraria a la dignidad del enfermo y al deber moral de aceptarla", añadieron.

Seguidamente manifiestan su apoyo a los cuidados paliativos y precisaron que "el derecho a una muerte digna constituye una cuestión ajena a un inexistente derecho a morir, que es el que con una mentalidad eutanásica pretenden tener quienes sostienen que tienen derecho a disponer de su vida, quitándosela o haciéndosela quitar por un tercero por su propia y exclusiva voluntad y sin condicionamientos".

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La Corporación sostuvo que "aun en el supuesto de que se considere irreversible en un período de tiempo mayor o menor la muerte de un enfermo terminal, no resulta moralmente admisible la discontinuación de la nutrición e hidratación artificiales, por cuanto ello constituye el soporte básico para la supervivencia, contribuyendo su supresión a acelerar en forma innecesaria su muerte, sin beneficio alguno para el paciente".

"Que el derecho a una muerte digna no está relacionado con el hecho de morir, sino con la forma de hacerlo", aseguran.

Para leer la declaración completa ingrese a: http://www.aica.org/index.php?module=displaystory&story_id=28159&format=html&fech=2011-08-31  

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