El Papa pide a obispos italianos aplicar la reforma de los procesos matrimoniales

El Papa pide a obispos italianos aplicar la reforma de los procesos matrimoniales
El Papa Francisco. Foto: Daniel Ibáñez / ACI Prensa

El Papa Francisco compartió ante los obispos italianos su preocupación por la falta de avances en la aplicación de la reforma de los procesos matrimoniales en este país, a pesar de haber pasado ya cuatro años desde la aprobación de los Motu proprio que la regulan.

En un discurso que pronunció ante la Asamblea General de la Conferencia Episcopal Italiana en el Aula del Sínodo del Vaticano este lunes 20 de mayo, el Pontífice reflexionó sobre la sinodalidad, los procesos matrimoniales y la relación entre obispos y sacerdotes.

En relación a la sinodalidad, subrayó que es esencial para mantener la salud de la Iglesia. En cuanto a la relación de los obispos con sus sacerdotes, recordó que el obispo tiene la obligación de ser cercano a los sacerdotes de su Diócesis y de cuidar la relación con ellos.

El Santo Padre subrayó que "el camino de la sinodalidad es el camino que Dios espera de la Iglesia del tercer milenio. Es dimensión constitutiva de la Iglesia, de modo que, en un cierto sentido, aquello que el Señor te pide ya está todo contenido en la palabra 'sínodo'".

El Papa se remitió al nuevo documento de la Comisión Teológica Internacional sobre la sinodalidad en la vida de la Iglesia para explicar el vínculo entre sinodalidad y colegialidad: "La colegialidad", explicó, "es la forma específica en que la sinodalidad eclesial se manifiesta y se realiza a través del ministerio de los Obispos sobre el nivel de la comunión entre todas las Iglesias en la Iglesia Universal. Toda auténtica manifestación de sinodalidad exige por su naturaleza el ejercicio del ministerio colegial de los Obispos".

La sinodalidad "describe el historial médico del estado de salud de la Iglesia en Italia, de su labor pastoral y eclesial".

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El Papa se refirió también a la celebración de "un probable Sínodo para la Iglesia en Italia", y explicó que todo Sínodo debe celebrarse en dos direcciones: de la base a la cúspide y de la cúspide a la base. "Si se quiere hacer un Sínodo de la Iglesia en Italia, se debe comenzar de la base a la cúspide", "y así se caminará sobre seguro".

Sobre la reforma de los procesos matrimoniales, establecida mediante los Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, el Pontífice explicó que "ha reordenado los procesos matrimoniales".

"La exigencia de agilizar los procedimientos ha llevado a simplificar el proceso ordinario, con la abolición de la doble decisión con forma obligatoria. A partir de ahora, si no hay recurso en el tiempo previsto, la primera sentencia que declara la nulidad del matrimonio se convierte en ejecutiva", señaló.

En cuanto al otro procedimiento, el abreviado, explicó que "esta forma de proceso se aplica en los casos en los que la acusada nulidad del matrimonio se sostiene en la petición conjunta de los cónyuges mediante argumentos evidentes y siendo las pruebas de la nulidad matrimonial de rápida demostración".

"Con la petición realizada al Obispo, y el proceso instituido por el Vicario Judicial, o por un instructor, la decisión final de declaración de nulidad o de renovación de la causa del proceso ordinario pertenece al Obispos mismo, el cual, por fuerza de su oficio pastoral es, junto con Pedro, el mayor garante de la unidad católica en la fe y en la disciplina".

Además, destacó que "tanto el proceso ordinario como el abreviado, son procesos de naturaleza puramente judicial, lo cual significa que la nulidad del matrimonio podrá ser pronunciada solamente cuando el juez confirma su certeza moral sobre la base de los actos y de las pruebas recogidas".

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"Esta reforma procesual se basa en la proximidad y la gratuidad. Proximidad a las familias heridas significa que el juicio, en medida de lo posible, se celebre en la Iglesia diocesana, sin demoras y sin inútiles prolongaciones".

Asimismo, gratuidad "remite al mandato evangélico según el cual lo que gratis se ha recibido, gratis se debe dar. Para ello se requiere que la declaración eclesiástica de nulidad no equivalga a un elevado costo que las personas desfavorecidas no consiguen sostener".

Por otra parte, "lamento constatar que la reforma, después de cuatro años, está muy lejos de ser aplicada en la mayor parte de las Diócesis italianas". "Pido vivamente que la aplicación de los dos Motu proprio encuentre su plena e inmediata aplicación en todas las Diócesis donde todavía no se han aplicado".

 

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