El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), condenó al Obispo de Cartago, Mons. José Francisco Ulloa, a pagar "las costas, daños y perjuicios causados" por haber recordado a los fieles que la coherencia con la fe también se debe reflejar en el voto, y por tanto en las elecciones presidenciales no debían apoyar programas contrarios a los principios católicos, como la defensa de la vida y el matrimonio.
El hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2009, durante una Misa donde el Prelado recordó a los fieles que el voto debe reflejar una coherencia con la fe y por tanto no puede apoyar programas a favor del aborto y contra la familia.
En ese entonces, de cara a las elecciones presidenciales de febrero pasado, se debatía la laicidad del Estado y algunos candidatos presentaban posturas ambiguas sobre el aborto y los "derechos" homosexuales.