La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Córdoba (Argentina) ordenó suspender la prescripción y suministro de la llamada "píldoras del día después", por su efecto abortivo, en todos los centros de salud de la provincia, acogiendo así los recursos de apelación interpuestos por las Asociaciones Civiles Mujeres por la Vida y Portal de Belén.
La entidad gubernamental emitió una resolución "ordenando a la Provincia de Córdoba se abstenga de prescribir a través de sus profesionales médicos, métodos anticonceptivos abortivos como el consistente en la ingesta del medicamento que contiene la droga denominada Levonorgestrel; conocido como ‘píldora del día después’ o ‘píldora del día siguiente’ o ‘píldora de anticoncepción de emergencia’, en condiciones de impedir la anidación del huevo en el útero materno", como se lee en el documento.
En el escrito, el Vocal Mario Sársfield Novillo, sostiene que "no se puede imponer coactivamente a toda la población la utilización de los métodos de contracepción" ya que "una imposición de esta naturaleza sería violatoria del derecho a la intimidad de las personas".