25 de noviembre de 2020 / 02:53 PM
El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga (España) condenó por un delito contra los sentimientos religiosos a una de las organizadoras de la procesión blasfema que tuvo lugar en Málaga (España) el 8 de marzo de 2013.
De esta manara el juzgado da la razón a la Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC), que interpuso la demanda, y condenó a pagar una multa de 10 euros al día durante 9 meses, lo que hace un total de 2.700 euros.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, saludó la sentencia y aseguró que "las ofensas gratuitas, innecesarias y deliberadas contra los católicos no pueden quedar impunes si queremos vivir en un estado democrático".