La Cámara Tercera en lo Civil y Comercial de Córdoba (Argentina), declaró en fallo definitivo la inconstitucionalidad del Protocolo de abortos no punibles aprobado por el gobierno provincial, pues viola la Constitución local y la ley 6222 que reglamenta el ejercicio de la medicina en la provincia.
Según informó Argentinosalerta.org, el fallo respondió así al recurso de apelación interpuesto por la organización pro-vida Portal de Belén contra la Provincia de Córdoba en abril de 2012, por haber aprobado una resolución que permitía el abortos en el sistema de salud local "con la sola condición de que la madre firmara una declaración jurada sosteniendo que el embarazo era producto de una violación" y porque "obligaba a los hospitales públicos de la provincia a ejecutar los abortos en esas condiciones".
En su fallo, la justicia provincial recordó que el aborto es ilegal en Argentina y por tanto "no se puede exigir un 'derecho' a ejecutar una conducta ilícita".