Abogados católicos argentinos: Fallo a favor de aborto se basa en argumentos racistas

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La Corporación de Abogados Católicos denunció que el fallo de la Cámara Civil de Paraná a favor del aborto de una joven discapacitada se sustentó en una "excusa absolutoria" del Código Penal que al momento de elaborarse se fundó en "doctrinas eugenésicas y racistas"; por lo que exigieron se revoque la sentencia.

Los abogados se refirieron al caso en Paraná de una joven demente que resultó embarazada por una violación. En primera instancia, la jueza Claudia Salomón amparó la vida del niño. Sin embargo, la Cámara Civil falló recientemente a favor del aborto.

Ante ello, el Consorcio denunció que la excusa absolutoria prevista en el inciso 2 del artículo 86 fue incorporada al proyecto del actual Código en 1919 a partir de un informe del Senado de la Nación, que "fundó su propuesta en doctrinas eugenésicas y racistas que se encontraban en boga, sin advertir sus adherentes que las mismas conducirían y servirían de sustento al régimen nacional socialista instaurado en Alemania a partir de 1933".

"La Comisión consideró que ‘es indiscutible que la ley debe consentir el aborto cuando es practicado, con intervención facultativa, a los fines del perfeccionamiento de la raza’. Con esos argumentos racistas (...) se introdujo en el Código Penal la excusa absolutoria, que ahora se intenta aplicar, para dejar sin protección la vida de un niño que aún no ha nacido", señalaron.

Los abogados señalaron también que las "excusas absolutorias" previstas en el Código van contra la Constitución, que ampara a la persona por nacer desde el instante de su concepción. "Por eso, en un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha recordado que ‘el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva, y que resulta garantizado por la Constitución Nacional’", indicaron.

"Las sentencias que dicten todos los jueces de la República y que dejen sin protección legal y judicial a las personas concebidas, carecen de validez constitucional, resultando irrelevante que los afectados tengan una semana o nueve meses de gestación. Todas tienen el mismo derecho a la vida", expresaron.

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