4 de noviembre de 2020 / 07:47 AM
El Papa Francisco modificó, a través del Motu Proprio Authenticum charismatis, el canon 579 del Derecho Canónico para establecer que los Obispos deben tener licencia escrita de la Santa Sede antes de aprobar la fundación de nuevos Institutos de Vida Consagrada.
Previamente, el canon 579 indicaba que los Obispos diocesanos podían consultar a la Sede Apostólica, ahora, en cambio, deberán contar con una "licencia escrita" antes de poder erigir en su propio territorio el decreto formal a nuevos institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica.
La Carta Apostólica en forma de Motu Proprio Authenticum charismatis entrará en vigor el 10 de noviembre y fue firmada por el Santo Padre el pasado 1 de noviembre en San Juan de Letrán.