29 de abril de 2024 Donar
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Denuncian millonaria corrupción para favorecer a abortistas

Dos de las más importantes clínicas abortistas de Andalucía con sedes en Sevilla y Málaga, la Clínica Triana SL y Atocha Ginecológica SL, recibieron irregulares "ayudas", casi cinco millones de euros, de la Junta de Andalucía luego de un concurso "público plagado de irregularidades"; según informa el diario El Mundo de Andalucía.

Este periódico español señala que el Juzgado Contencioso Administrativo 10 de Sevilla acaba de anular el procedimiento administrativo por el que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) adjudicó a estas clínicas la gestión del "Servicio de interrupción voluntaria del embarazo" en situación de riesgo o de más de doce semanas; es decir abortos "complicados" y tardíos subvencionados por la Administración autonómica.

Ambas empresas "ganaron" el concurso público convocado en agosto de 2007 y los casi cinco millones de euros de "premio". Pero el proceso, explica el diario, no fue limpio, estuvo plagado de irregularidades y, según ha dictaminado ahora la Justicia, fue diseñado especialmente para las dos clínicas abortistas.

El SAS estableció como requisito para poder optar a la adjudicación del servicio un criterio –acreditar la realización de al menos 500 abortos en el año anterior– que, de acuerdo con la resolución del juez tenía como único objetivo beneficiar los "intereses particulares" de los propietarios de las dos clínicas, que monopolizan el "negocio" del aborto en Andalucía. Este concurso ha sido ahora anulado.

Esta exigencia "encubría" en realidad, según palabras del magistrado, el interés de la Administración andaluza por adjudicar los casi cinco millones del concurso a las mencionadas empresas que ya venían prestando este servicio.

El juez acusa a los responsables del SAS de utilizar "de forma torcida" su poder en pro de "concretos intereses particulares". El magistrado indica además que "la Administración ha actuado ilegalmente" al adjudicar la millonaria subvención a dos clínicas elegidas arbitrariamente en función de criterios irregulares.

En concreto, la exigencia de haber practicado en el año anterior al concurso más de 500 abortos de embarazos de más de doce semanas o que impliquen alto riesgo es "arbitraria e irrazonable", ya que, dice la resolución, "ni siquiera se atiende a la calidad de tales intervenciones primando exclusivamente la cantidad".

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