El Dicasterio para los Textos Legislativos del Vaticano ha blindado, a través de un documento, la protección de la reputación de los fallecidos (bona fama defuncti) en el marco del Derecho Canónico, al establecer que la divulgación de acusaciones contra personas ya fallecidas no es legítima ni compatible con los principios jurídicos de la Iglesia Católica.
En el texto, fechado el 5 de septiembre de 2024, pero publicado el pasado 22 de febrero de 2025, se hace hincapié en que el Código de Derecho Canónico prohíbe la difamación y la maledicencia.
No obstante, el derecho eclesiástico contempla excepciones en los casos en los que exista un peligro real para la comunidad.
El documento, firmado por el prefecto del dicasterio, el Cardenal Filippo Iannone, y su secretario, el español Mons. Juan Ignacio Arrieta, es una respuesta de carácter jurídico emitida a raíz de una consulta sobre esta cuestión.
Los prelados del Vaticano destacan dos principios fundamentales del derecho canónico: en primer lugar, el derecho a la presunción de inocencia, que se mantiene hasta que haya una prueba judicial definitiva (can. 1321 §1); y, en segundo lugar, el de la no retroactividad del delito, que impide juzgar o acusar a alguien por acciones que en su momento no eran consideradas delitos.
En el derecho canónico, este principio está recogido en los cánones 9, 18 y 1313, que establecen que las normas penales sólo tienen aplicación para el futuro y no pueden aplicarse de manera retroactiva.