Académicos en Defensa de la Vida Humana desde la Concepción a la Muerte Natural

 

A los poderes públicos, a la opinión pública, a las instituciones y asociaciones, a todos los españoles

En noviembre de 1981, ante las intensas presiones que sobre la opinión pública española se estaban ejerciendo para inducirla a consentir la legalización del aborto provocado, 1.400 firmas de académicos, catedráticos y profesores universitarios respaldaron un Manifiesto afirmando el derecho a la vida como derecho primario, inviolable desde el momento de la concepción y con vigencia por encima de cualquier ley emanada de los poderes públicos. Hacían suyas también las conclusiones de la ciencia que afirma que desde la fecundación existe un nuevo ser humano, vivo, original, irrepetible, esencialmente distinto de la madre y, por tanto, con unos derechos que deben ser reconocidos, respetados y garantizados por el ordenamiento jurídico.
Tras la aprobación de la ley permisiva del aborto provocado en 1985 (1), a lo largo de todos estos años ha tenido lugar en España un gravísimo proceso de depreciación de la vida humana, confirmado por una serie de hechos:

1º) La aplicación de la ley, no sólo no ha reducido el número de abortos provocados sino que los ha multiplicado enormemente. Actualmente se realizan en nuestro país más de 100.000 abortos al año: 91.664 en 2005 y 101.592 en 2006 (2).

2º) El ser humano en gestación se encuentra en una situación de falta de garantías e indefensión, al quedar la interpretación y aplicación de la ley ajena a todo control y vigilancia jurisdiccional, en contra de las prescripciones del Tribunal Constitucional (Sentencia nº 53/1985 de 11 de abril) y de otras normas vigentes (3).

3º) Desde el PSOE y otros partidos se vienen realizando insistentes propuestas para establecer una ley de plazos que permitiría practicar abortos sin alegar causa alguna durante los 5 primeros meses de la gestación. En la actualidad se puede abortar en cualquier momento del embarazo si se alega el primer supuesto. (peligro para la salud de la madre).

4º) Paulatina e inexorablemente, se ha ido imponiendo en la legislación española la posibilidad de experimentación con embriones humanos, cuyo patrimonio genético desde la fecundación es único e irrepetible, como objetos susceptibles de ser utilizados, manipulados, clonados o eliminados para fines diversos: experimentación, investigación, selección genética (el llamado “bebé medicamento”), tratamiento de algunos tipos de patologías (células madre embrionarias) (4).

5º) Por parte del ministro de Sanidad, Sr. Bernat Soria, se anuncia la intención de legalizar la eutanasia activa. Bajo la fórmula legal de “despenalización del suicidio asistido”, se pondría fin intencionadamente a la vida de personas en determinadas situaciones: desahuciados, determinados deficientes, etc. Así, se limitaría el derecho a la vida de los más indefensos, más débiles o más vulnerables, que quedarían discriminados.

Todos estos hechos son un claro exponente de la trivialización y cosificación de la persona, y del quebrantamiento de su dignidad. Una sociedad que no respeta la vida es una sociedad enferma que ha perdido la esperanza. Por ello hoy queremos asegurar y reafirmar el derecho que todo ser humano tiene a ser respetado en su dignidad, desde la fecundación a la muerte natural en todos los estadios de su vida. Ningún poder está legitimado para ignorarlo o violarlo.

En consecuencia pedimos a los poderes públicos que, de acuerdo con los principios y derechos de libertad, justicia, igualdad, dignidad y no discriminación proclamados en la Constitución Española, y en la Declaración Universal de Derechos Humanos (5):

- Se inserte después de la primera afirmación del artículo 15 de la Constitución:
“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral”, la siguiente
adición “desde la fecundación a la muerte natural”.

- Se promulguen las normas necesarias para que en todos los órdenes se
proteja el derecho a nacer, derogando aquéllas que lo violan o lo limitan selectivamente.

- Se reconozca la personalidad jurídica del “nasciturus” en todas las fases de su desarrollo, sin olvidar al embrión.

- Se fomenten y mejoren los cuidados paliativos, para que los enfermos que los necesitan vivan sus últimos momentos con calidad en la atención, con serenidad y con paz.

- Se ayude efectivamente a las mujeres embarazadas, personal, social y económicamente, y se ponga a su disposición la ayuda necesaria, promoviendo para ello centros de acogida y atención.

Creemos que corresponde a todo ciudadano responsable la defensa sin ambigüedades de este inalienable derecho a la vida, cuyo respeto es el fundamento de la paz. Por ello hacemos un llamamiento a la sociedad en general y a los poderes públicos, para que se cree un marco favorable a su defensa como valor supremo y para que se respete y garantice con los medios debidos.

Madrid, 17 de Noviembre de 2008


(1) L.O. 5/1985 de 5 de julio.
(2) Según estadísticas del Ministerio de Sanidad y Consumo, esta progresión es común a todos los países con legislaciones abortistas. Así, en los últimos 30 años, se han llevado a cabo unos 50.000.000 de abortos por término medio anual en el mundo.
(3) Real Decreto 2409/1986 de 21 de noviembre sobre Centros Sanitarios Acreditados y Dictámenes preceptivos para la práctica legal de la interrupción voluntaria del embarazo. Ley 41/2002 de 14 de noviembre reguladora de la autonomía del paciente (…) que recuerda la necesidad de practicar el “consentimiento informado”.
4) Ley 42/1988 de 28 de diciembre sobre donación y utilización de embriones. Ley 14/2006 de 26 de mayo reguladora de las técnicas de reproducción humana asistida. Ley 14/2007 de 3 de julio de investigación biomédica.
(5) Especialmente los arts. 1, 9.2, 10, 15, 49 de la Constitución Española y 3 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

 

ACADEMICOS FIRMANTES

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Maria Angels Calvo i Torres (R.A. de Medicina de Cataluña), Excma. Sra. Dña. Helena Cambó Mallol (R.A. Catalana de Belles Arts de Sant Jordi), Excmo. Sr. D. Ángel del Campo y Francés (R. A. De Bellas Artes de San Fernando), Excmo. Sr. D. Manuel Camps i Sarroca (R.A. De Medicina de Cataluña), Emmo. y Rvdmo. Sr. D. Antonio Cañizares Llovera (R.A. De la Historia), Excmo. Sr. D. Antonio Caralps i Riera (R.A. De Medicina de Cataluña), Excmo. Sr. D. Enrique Casado de Frías (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. José María Castán Vázquez (R.A. De Jurisprudencia y Legislación), Excmo. Sr. D. Benito del Castillo Garcia (R.A. De Farmacia.), Excmo. Sr. D. Antonio Castillo Orugas (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. Manuel Cruz Hernandez (R.A. De Medicina de Cataluña), Excmo. Sr. D. Julio Cruz y Hermida (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. Luis Diez-Picazo (R.A. De Jurisprudencia y Legislación), Excmo. Sr. D. Manuel Domínguez Carmona (R.A.N. de Medicina y R.A. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Hipólito Duran Sacristán (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. José Javier Etayo Miqueo (R.A. de Exactas, Físicas y Naturales ), Excma. Sra. Dñª. Mª Rosario de Felipe Antón (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Miguel Fernández Braña (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Sabino Fernández Campo (R.A. De Ciencias Morales y Políticas), Excmo. Sr. D. Fernando Fernandez de la Gandara (R.A. De Medicina y Cirugía de Valladolid), Excma. Sra. Dña. María del Carmen Francés Causapé (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Luis Franco Vera (R. A. de Exactas, Físicas y Naturales ), Excmo. Sr. D. Pedro Gago Román (R.A. de Medicina y Cirugía de Valladolid), Excmo. Sr. D. Godofredo Garabito Gregorio (Academia de Bellas Artes de la Purísima de Valladolid), Excmo. Sr. D. Perfecto García de Jalón y Hueto (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Adriano García Loygorri y Ruiz (R. A. de Exactas, Físicas y Naturales ), Excma. Sra. Dña. Concepción García Mendoza (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Luis Agustín García Moreno (R.A. De la Historia), Excmo. Sr. D. Jose Ángel García Rodríguez (R.A. De Medicina de Salamanca), Excmo. Sr. D. Leopoldo Gil Nebo, (R.A. Catalana de Belles Arts de Sant Jordi), Excmo. Sr. D. José Maria Gil Vernet (R.A. De Medicina de Cataluña), Excmo. Sr. D. José Mª Gil-Vernet Vila (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. Gonzalo Giménez Martín (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Alberto Giráldez Dávila (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Gaspar González (R.A.N. de Farmacia), Excmo. Sr. D. Manuel González Barón (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. Francisco González de Posada (R.A.N. de Medicina), Excmo. Sr. D. Jesús González Pérez (R.A. De Jurisprudencia y Legislación), Excmo. Sr. D. Pedro Jiménez Guerra(R. A. de Exactas, Físicas y Naturales ), Excmo. Sr. D. Antonio Jimeno Carruez (R.A. De Medicina y Cirugía de Valladolid), Excmo. Sr. D. Miguel Ángel Ladero Quesada (R.A. De la Historia), Excmo. Sr. D. Ramón Llamas Madurga (R. 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