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Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica
Autoridades
¿Qué es? De la Constitución Apostólica Pastor Bonus del Papa Juan Pablo II Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica Artículo 172 Artículo 173 Artículo 174 Artículo 175 Perfil histórico Constituida por Pablo VI con la Constitución Apostólica Regimini Ecclesiae Universae del 15 agosto 1967. La Constitución Apostólica Pastor Bonus del 28 junio 1988 trata de ella en los artículos desde el 172 al 175. Le compete administrar los bienes de propiedad de la Santa Sede, destinados a proveer fondos necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Curia Romana. La oficina es presidida por un Cardenal, asistido por un determinado número de Cardenales, y consta de dos Secciones, la Ordinaria y la Extraordinaria, bajo la guía de un Prelado Secretario. La Sección Ordinaria, bajo la guía directa de un Delegado, cumple las tareas antes reservadas a la Administración de los bienes de la Santa Sede. León XIII con quirógrafo del 9 agosto 1878 nombró al Cardenal Nina, Su Secretario de Estado, Prefecto de los Sagrados Palacios y Administrador del Patrimonio de la Santa Sede tras 1870. Con Motu Proprio del 11 diciembre 1880 y 23 mayo 1883 nombró una Comisión de Cardenales para supervisar con voto consultivo la Administración del Óbolo y del Patrimonio de la Santa Sede. Con otro Motu Proprio del 30 abril 1891 el mismo León XIII confiaba a dicha Comisión la directa administración del Patrimonio de la Santa Sede, con el encargo de extender los cuidados a todos los otros ramos y asuntos económicos a esta competentes, estableciendo que esta Comisión continuase administrando libremente el Patrimonio también en tiempo de Sede Vacante y permaneciese con las mencionadas facultades hasta que no fuese dispuesto en modo diverso. La Sección Ordinaria administra los bienes que le son confiados avalándose, cuando sea oportuno, de la colaboración de expertos; cuidar la gestión del personal activo de la Santa Sede; supervisar las direcciones administrativas que hacen referencia esta; prever lo que sea necesario para la actividad de los Dicasterios; cuidar aspectos técnicos, la manutención y el desarrollo de la infraestructura telemática para la presencia de la Santa Sede en Internet; cuidad la contabilidad y redactar el balance preventivo y consuntivo. La Sección Extraordinaria administra los bienes inmuebles propios y aquellos a ella confiados por otros entres de la Santa Sede. PUBLICIDAD |
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