Código de Derecho Canónico contempla renuncia del Papa

Código de Derecho Canónico contempla renuncia del Papa

El vocero del Vaticano, Padre Federico Lombardi, explicó que la renuncia del Papa Benedicto XVI, anunciada hoy, está contemplada en el Código de Derecho Canónico, las normas que rigen a la Iglesia Católica.

El vocero explicó en conferencia de prensa que el canon 332 numeral 2, precisa que: "si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero que no sea aceptada por nadie"

El canon agrega que "una vez hecha la renuncia y manifestada, en el modo que sea, a la Iglesia por el Romano Pontífice queda vacante (la sede pontificia) y no puede volverse atrás".

El Papa Benedicto XVI permanece en sus plenas funciones y en su servicio hasta el 28 de febrero a las 8:00 p.m., hora de Roma.

Desde ese momento inicia la situación de "sede vacante", regulada, desde el punto de vista jurídico y canónico por los textos que se refieren a la "sede vacante" en el Código de Derecho Canónico y en la Constitución Apostólica Universi dominici gregis" escrita por el Beato Juan Pablo II.

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