Ratifican condena a Polonia por no permitir aborto a mujer miope

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El gobierno de Polonia se verá obligado a pagar una indemnización a una mujer a la que se le negó un aborto “terapéutico” porque su vida no corría riesgo, luego que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazara la apelación polaca.

Un portavoz del Tribunal Europeo afirmó que los jueces rechazaron el recurso de apelación presentado por la administración de Jaroslaw Kaczynski.

La mujer identificada como Alicja Tysiac solicitó un aborto ante la posibilidad de que su tercer embarazo le agudizara la miopía que padece.

La legislación polaca permite el aborto por violación, malformación congénita o riesgo de vida para la madre. El caso de Tysiac, ocurrido en el año 2000, fue revisado en su momento por varios médicos polacos y no se ajustaba a ninguno de los tres supuestos. Aunque la mujer insistió en abortar a su bebé, los médicos le explicaron que no había riesgo de vida.

La mujer dio a luz por cesárea y un tiempo después sufrió el desprendimiento parcial de la retina, lo que agudizó su miopía.

Tysiac llevó su caso hasta la Corte Europea, con sede en Estrasburgo, donde obtuvo una primera sentencia a su favor.

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