La revisión constitucional del aborto en España comienza envuelta en polémica

La revisión constitucional del aborto en España comienza envuelta en polémica
Miembros del Tribunal Constitucional de España en enero de 2023. Crédito: Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) de España aborda la adecuación a la Carta Magna de la ley del aborto marcada por un retraso de más de 13 años y la denuncia sobre la falta de imparcialidad de varios de sus miembros. 

El pleno del Tribunal Constitucional se ocupará esta semana del recurso de inconstitucionalidad planteado en 2010 contra la norma aprobada ese año.

En ella se considera el homicidio prenatal como un derecho de libre disposición durante las primeras 14 semanas de gestación. 

La ocasión está rodeada por la polémica. Al admitirse a trámite, el recurso se consideró como de "carácter prioritario".

Pese a ello, han pasado casi tres lustros y seis presidentes del Tribunal Constitucional hasta que se ha decidido su examen. 

Pero también la activación de esta revisión es controvertida, puesto que se realiza en el preciso momento en que existe una mayoría de Magistrados del TC nombrados a propuesta de los partidos abortistas. 

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Imparcialidad de los magistrados

Además, la sombra de la duda cae sobre al menos cuatro de ellos en lo que respecta a la necesaria imparcialidad exigida a los jueces y magistrados. 

Tal y como explicó el jurista de la Universidad Católica de Valencia, Borja Sánchez, a ACI Prensa el pasado día 2, la ley establece varias causas de recusación por falta de imparcialidad.  

Entre ellas, "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Este es el caso de 4 de los 11 magistrados que forman el TC español. Una de ellas, ya ha anunciado que se abstendrá. 

Concepción Espejel considera que incurre en falta de imparcialidad por haber firmado uno de los informes preceptivos sobre la ley cuando era integrante del Consejo General del Poder Judicial. 

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En el mismo caso está su compañera Inmaculada Montalbán, que también formaba parte del órgano de gobierno de los jueces junto a Espejel. 

Otro miembro señalado por carecer de imparcialidad es Juan Carlos Campo, que al tramitarse la ley era secretario de Estado de Justicia del Gobierno que la aprobó.

El cuarto es el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Fiscal General del Estado nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero y firmante del preceptivo informe sobre la Ley del Aborto que ha de emitir la Fiscalía. 

El profesor Sánchez explicaba a ACI Prensa que es "meridianamente claro que dichos magistrados tienen el deber de abstenerse de participar en la decisión del recurso" por los motivos expuestos, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

Rechazo de la abstención planteada por una magistrada

Debatir las posibles causas de imparcialidad de los cuatro magistrados y valorar tanto la petición de abstención como las recusaciones formuladas es la labor que ha de desarrollar el pleno del TC este martes. 

A este respecto, a primera hora de la tarde el TC ha emitido una nota en la que anuncia que no considera justificada la abstención planteada de Espejel para participar en la deliberación del recurso. 

La mayoría de los magistrados reconoce que Espejel participó en los trabajos preparatorios de un informe sobre el anteproyecto de ley del aborto y que fue votado en el seno del pleno del Consejo General del Poder Judicial. 

Sin embargo, al no llegar a ser aprobado "no fue incorporado al proceso legislativo que dio lugar a su posterior aprobación".

Cuatro son los motivos, según se expone de forma escueta en la nota que adelanta la decisión del TC. 

El primero, que no se trata de "un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares". 

El segundo, que la ley que se somete a debate constitucional no coincide con la del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el fallido informe del CGPJ en el que participó Espejel, junto a su compañera Montalbán. 

En tercer lugar, el TC estima que la "exteriorización de un criterio jurídico que fue expresada hace más de doce años" no inhabilita a los magistrados, todos con más de 15 años de experiencia "para ejercer su función en este tipo de procesos".

Por último, la mayoría del pleno expone que, "pese a someterse a votación" el informe votado en el CGPJ, no dio lugar "a la aprobación de dictamen alguno, por lo que su contenido no fue trasladado al Gobierno". 

Contra esta decisión han anunciado voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa.

De haberse admitido las causas de recusación de los cuatro magistrados, el pleno del TC se habría quedado sin el quorum necesario para tomar decisiones. 

Está previsto que este miércoles se aborde el borrador de sentencia que debe ser sometido al pleno. 

Denuncia ante la Comisión Europea 

La Fundación de Abogados Cristianos ha presentado ante la Comisión Europea una denuncia contra el propio TC y los magistrados Conde-Pumpido, Montalbán y Campo.

Según Abogados Cristianos, se trata de "un caso manifiesto de prejuzgamiento por parte de los magistrados, que ya han conocido del asunto que se les encomienda y sobre el que ya han dado su opinión".

A su juicio, la decisión de no abstenerse "supone una violación del Artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea" por vulnerar la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial. 

Un "cambio irreversible"

En paralelo, ha presentado un informe jurídico sobre el borrador de sentencia que va a ser debatido. De ser aprobado como se ha conocido, "supondría un cambio irreversible frente a la anterior decisión del TC, puesto que deja de proteger la vida del no nacido como un bien jurídico", explica su portavoz, José María Fernández.

La sentencia a la que se refiere fue la emitida en 1985 por el TC sobre la la primera Ley de aborto, que estableció un sistema de casos despenalizados. En ella ratificaba la obligación del Estado de "establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva" del nasciturus.

Además, se denuncia que, de aprobarse el borrador conocido, se confirmaría que en 13 años ha sido vulnerado de manera sistemática el derecho a la objeción de conciencia.

También que las las mujeres han visto vulnerado su derecho a recibir información veraz y suficiente sobre el aborto.

ACTUALIZACIÓN: 7 de febrero de 2023 a las 16:21 GMT+2

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