El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga (España) negó la petición de un médico de familia del Centro de Salud de la localidad de Antequera de manifestar su objeción de conciencia ante el aborto, con lo que buscaba ser así excluido de las tareas de información y derivación de las mujeres.
Según el auto emitido por el magistrado Óscar Pérez, en este caso existe "una afectación periférica" al derecho del facultativo a obrar conforme a su conciencia, ya que su quehacer se limita "a una tarea informativa y derivación de la mujer, sin estar implicado directamente en la Interrupción Voluntaria del Embarazo (aborto)".
El facultativo solicitó la suspensión de una resolución de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga, con la que se respondió a la manifestación del médico de declararse objetor.