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Autoridad vaticana explica nuevas competencias de obispos ante sacerdotes
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En declaraciones a Radio Vaticano, el Arzobispo Mauro Piacenza, Secretario de la Congregación para el Clero, explicó que los obispos de todo el mundo no han recibido poderes "automáticos" para reducir a los sacerdotes al estado laical, sino que ahora tienen la capacidad de proceder con mayor velocidad en los casos no previstos por el actual Código de Derecho Canónico aprobado por el Papa Juan Pablo en 1983. Los nuevos poderes concedidos a los obispos, anunciados en una carta enviada a todos los episcopados por el Cardenal Claudio Hummes el 18 de abril pasado, tienen por objeto llenar algunos vacíos jurídicos presentes en el actual derecho canónico, y no significan un "cheque en blanco para que los obispos" automáticamente aparten del sacerdocio a determinados presbíteros, como había informado cierta prensa italiana en los últimos días. Los cambios autorizados por el Papa Benedicto XVI permitirán a los obispos proceder con la reducción al estado laico en los casos no contemplados por el derecho canónico, como cuando un sacerdote deja el ministerio por su propia voluntad, informa a su obispo y tarde o temprano solicita al obispo la dispensa del compromiso del celibato. Otro caso es cuando un sacerdote deja el sacerdocio sin informar al obispo, contrae matrimonio civil y tiene hijos, y no está interesado en solucionar su situación canónica. "En esos casos, por el bien de la Iglesia y su propio bien", explicó Mons. Piacenza, "el poder (de un obispo) para dar una dispensa a un sacerdote se solicita como un acto de caridad, especialmente si tiene hijos, ya que los niños tienen derecho a un padre en buena posición con la Iglesia". "En estos casos, es el obispo quien tiene que tomar la iniciativa", añadió el Arzobispo. Sin embargo, aclaró que no hay nada “automático”, no hay “automatismo en el momento o los casos, cada caso debe ser examinado con cuidado y rigurosamente". "Todos los demás derechos y deberes de los obispos en el ejercicio de su autoridad juridicial se mantienen sin cambios", dijo también Mons. Piacenza. "La gran mayoría de los sacerdotes viven a diario en función de su propia identidad y ejercen sus propias funciones de manera fiel al ministerio. Pero en algunos casos, la Santa Sede tiene que intervenir de manera subsidiaria, para reparar el escándalo, restablecer la justicia y ayudar a modificar el curso del pecador", explicó. Según la nueva normativa, los obispos pueden iniciar el procedimiento para declarar la pérdida de estado clerical de aquellos sacerdotes que "han procurado el matrimonio, incluso sólo los derechos civiles", y que, después de la debida advertencia no han cambiado, y los sacerdotes "culpables de graves pecados públicos en contra del sexto mandamiento". Finalmente, recordó que "celibato sacerdotal es un don que la Iglesia ha recibido y quiere preservar, más convencido que nunca de que es bueno para ella y el mundo". PUBLICIDAD
Publicado por: Roberto Corea
Nicaragua 26/10/2009 05:25 PM EST
Estas declaraciones son Falsas con lo referente a que no esta contemplado en el derecho canónico “a como cuando un sacerdote deja el ministerio por su propia voluntad” también es Falso que el obispo tenga potestad para dispensar el Celibato “solicita al obispo la dispensa del compromiso del celibato”. El Compromiso del Celibato No se puede Dispensar, esta Claro, Si fuera así entonces pediríamos Todos los Casados a nuestros obispos que nos dispensaran el ser fieles a nuestras esposas y entonces tener muchas mujeres Casadas por la IGLESIA, OK .
Animo a los fieles de todo el mundo de que hagan el mayor escándalo posible cuando un Cura incumple con las leyes Canónicas estipuladas en el Derecho Canónico. NO a una vil y malvada trama de los engendros del Maligno infiltrados en la Santa Sede para Integrar a Sacerdotes Casados en Nuestra Santa Iglesia Católica, Ninguna ley puede Pasar encima de los Verdaderos CANONES a como lo quieren disfrazar con una constitución apostólica. Visita Nuestra Pág. Web. y veras las verdades Canónicas de Nuestra Santa Iglesia Católica. http://es.geocities.com/fielcanonico/Vocesalcielo.html Solo haciendo la mayor bulla posible podemos detener a los cómplices-encubridores del Maligno.
Publicado por: María Blanca Vela Segovia
Argentina 14/06/2009 05:31 PM EST
Dada la reciente escazes de Saderdotes, me parece que, ya que los sacerdotes son "sacerdos in aeternum" deberían poder seguir bautizando, celebrando exequias, confirmando las uniones matrimoniale y, especialmente atendiendo confesiones.
Estos ejercicios ministeriales aliviarían grandemente a nuestros queridos curas Parrocos, recargaados de obligaciones.
Publicado por: Roly
Argentina 09/06/2009 08:42 AM EST
Me parece bien que la iglesia busque alternativas elegantes para paliar las "impurezas" de sus integrantes que a veces tanto daño hace a la evangelizacion.-
Publicado por: manolo
MEXICO 08/06/2009 01:27 PM EST
¿DONDE PODEMOS TENER EL TEXTO DE LA CONGREGACION ACERCA DE ESAS NUEVAS FACULTADES? CREO QUE A LOS QUE TRABAJAMOS EN LOS TRIBUNALES ECLESIASTICOS NOS SERÁ DE MUCHA UTILIDAD
Publicado por: Tadeo
España 07/06/2009 06:17 AM EST
Mientras no hagan mas expedito el camino de los Obispos en los casos de amancebamiento de sacerdotes (los que sin abandonar el ministerio conviven, mas o menos abiertamente con una mujer), no habrá un aparente cambio de situación. Los casos de amancebamiento superan en número los "nuevos casos" que no contemplaba el Derecho Canónico. Y dejando por sentado que las "nuevas competencias" solo tocan los casos de "crimen según la naturaleza", dejando por fuera los "crímenes contra natura" que son igual o mas escandalosos que los primeros.
Publicado por: jorge acosta
Paraguay 05/06/2009 10:27 PM EST
este poder otorgado para los obispos de dispensar es solo para sacerdotes, Y pregunto es tambien para los diaconos transitorios
Publicado por: Pbro. Eduardo Santodomingo
Venezuela 05/06/2009 06:26 PM EST
Desde luego que cada caso debe ser abordado con diligencia y caridad, sin embargo el proceso al que nos referimos no debe ni puede ser llamado reducción al estado laical primero porque el Sacramento imprime un caracter del cual el Sacerdote no puede ser liberado y el termino como tal suena despectivo para con los laicos. En tal caso tratandose de un procedimiento juridico deberia llamarse: "abandono del estado clerical" creo que es más ajustado.
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